Subvenciones para la rehabilitación de fachadas.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S34864/14

Norma:

Santa Margalida, 1 de julio de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 09/08/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar y regular las ayudas económicas que el Ayuntamiento de Santa Margalida concederá durante el año 2014 y 2015 para la restauración y / o rehabilitación de las fachadas de las viviendas y edificios residenciales destinados principalmente a residencia habitual situados dentro del término municipal de Santa Margalida.

Categorías Subvención

  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Ayuntamiento de Santa Margalida (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El reparto del importe consignado entre las solicitudes de subvenciones formuladas se realizará por riguroso orden de entrada en el Registro, empezando por la primera petición presentada una vez abierto el periodo de presentación de solicitudes y continuando según su orden de entrada en el Registro, hasta agotar el presupuesto previsto y de acuerdo con los siguientes importes máximos:

- 50% del coste de la actuación subvencionada en el caso de inmuebles incluidos específicamente en el catálogo de protección del patrimonio del municipio de Santa Margalida aprobado inicialmente en la sesión plenaria de 31 de marzo de 2014 (BOIB núm. 50 de 12 / 04/2014), con un máximo de 6.000,00. - €.

- Del 40% del coste de la actuación subvencionada, en el caso de inmuebles situados en la zonificación de caso antiguo, con un máximo de 5.000,00. - €

- Del 30% del coste de la actuación subvencionada, en los demás casos, máximo 4.000,00. - €

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas privadas, las comunidades de bienes o cualquier otra unidad económica o patrimonio separado, que a pesar de no tener personalidad jurídica propia, promuevan o participen en el pago de las actuaciones subvencionables y ostenten alguna de las condiciones establecidas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos derivados de las intervenciones que afecten a las características formales y de acabados de las fachadas de las viviendas, siempre que: 1) La ejecución se inicie una vez aprobadas y publicadas las presentes bases y finalice y se abone durante el año 2014; o 2) La ejecución se inicie una vez aprobadas y publicadas las presentes bases y finalice y se abone antes de 31 de octubre de 2015; por parte de las personas relacionadas en la base tercera de esta convocatoria que cumplan los siguientes requisitos:

- Deben ser fachadas de viviendas de más de 40 años de antigüedad.

- Las fachadas intervenidas deben dar a la vía pública.

- Deben contar con los requisitos legales de uso y no deben estar en situación de fuera de ordenación.

- Deben disponer de las correspondientes licencias administrativas.

Requisitos:

a. Ser propietarios de viviendas integrantes o no de comunidades de propietarios.

b. Ser usuarios de viviendas no propietarios (arrendatarios, usufructuarios o titulares de derechos reales) que cuenten con permiso expreso de la propiedad y que acrediten suficientemente esta situación jurídica.

c. Ser propietarios de edificios de viviendas destinados, total o parcialmente, el arrendamiento y / o uso propio.

Documentos asociados

Boletín: 10/07/2014
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 93
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento