Subvenciones para la rehabilitacion de locales con uso de bares y restaurantes, ubicados en edificios residenciales localizados en las ciudades de Cadiz y San Fernando.- Convocatora 2010.- Corrección.
Código de ayuda:
S49182/10Norma:
ORDEN de 16 de julio de 2010.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 13/10/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Que las ciudades de Cádiz y San Fernando puedan atender las necesidades originadas por la celebración del evento, se hace necesario impulsar la modernización del sector de hostelería, para ofrecer a quienes las visiten un destino turístico competitivo contribuyendo al desarrollo de la economía local y a la creación de empleo estable, al tiempo que se proporciona vitalidad a la trama urbana residencial, contribuyendo con ello a la mejora de la calidad de vida de la ciudadanía.Categorías Subvención
- Turismo y Hostelería
- Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor
Andalucía
Convoca:
Consejería de Obras Públicas y Vivienda (Andalucía)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe de la subvención a conceder será por una cuantía equivalente al 65% del presupuesto aceptado.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas o jurídicas, que tengan como actividad económica declarada la hostelería, estando incluidas en el epígrafe 67 del Impuesto de Actividades Económicas, y cuyos locales, con uso de bares y restaurantes, se encuentren ubicados en edificios residenciales localizados en las ciudades de Cádiz y San Fernando.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Adecuación estructural, proporcionando al establecimiento las condiciones de seguridad constructiva, de tal forma que quede garantizada su estabilidad y resistencia mecánica.b) Adecuación funcional, proporcionando al establecimiento mejores condiciones respecto a los requisitos básicos a los que se refiere el Código Técnico de Edificación. Se consideran la supresión de barreras arquitectónicas y promoción de accesibilidad, de conformidad con la normativa vigente.
c) Remodelación del establecimiento, incluyendo la redistribución interior y/o modificación de su superficie.
d) Adecuación de la actividad, entendiendo como tal la adecuación a la normativa técnica que afecta a la implantación de la actividad a desarrollar en el local.
Requisitos:
En todo caso, se habrá de cumplir con el criterio de independencia establecido en la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresa, pequeñas y medianas empresas.Documentos asociados
Boletín:
13/08/2010
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 159
Documento: Bases y Convocatoria 2010. Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 159
Documento: Bases y Convocatoria 2010. Descargar Documento
Boletín:
31/08/2010
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 170
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 170
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento