Subvenciones para la restauración de molinos y otros ingenios hidráulicos.

Código de ayuda:

S02955/05

Norma:

Resolución de 30 de diciembre de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 03/03/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:


Categorías Subvención

  • Patrimonio Cultural y Arquitectura

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima se establece en 12.000 euros por cada elemento y solicitud.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Cualquier persona física o jurídica o comunidades de bienes, sin ánimo de lucro, con propiedad individual o compartida de cualquiera de las construcciones citadas y objeto de la presente convocatoria y que cumplan las siguientes condiciones:
a) Que las construcciones o elementos no se encuentren desnaturalizados de forma irreversible.
b) Que se conserven restos originarios suficientes para permitir su recuperación.
c) Que existan posibilidades de posterior mantenimiento y puesta en funcionamiento.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La realización de obras de conservación y restauración de molinos y otros ingenios hidráulicos.

El estudio, valoración y selección de las solicitudes será realizado por la Permanente del Consejo del Patrimonio Cultural de Asturias, órgano colegiado de la Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, de acuerdo con los siguientes criterios:
a. La singularidad y valor histórico.
b. La recuperación de uso primitivo.
c. El respeto y mantenimiento de las características estructurales.
d. La estado de conservación, así como la posibilidad de recuperación de todos los elementos que componen el bien.
e. Su ubicación en el entorno del “Camino de Santiago”.
f. La ubicación y el entorno.
g. La oportunidad y el acierto de las obras propuestas.
h. La posibilidad de apertura y visita.
i. La no obtención de subvención en convocatorias anteriores.
j. No haber rechazado, sin justa causa, subvención en otra convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 01/02/2005
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 25
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento