Subvenciones para la supresión de barreras arquitectónicas para personas mayores.
Código de ayuda:
S45846/21Norma:
ORDEN 8/2015, de 29 de diciembre. RESOLUCIÓN de 11 de agosto de 2021. RESOLUCIÓN de 10 de noviembre de 2021.Plazo de Solicitud:
Hasta el 1 de octubre de 2021.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar para el ejercicio 2021 las subvenciones correspondientes a prestaciones económicas individualizadas para la supresión de barreras arquitectónicas para personas mayores, reguladas por la Orden 8/2015, en la modalidad de prestaciones económicas individualizadas para la supresión de barreras arquitectónicas para personas mayores.Categorías Subvención
- Patrimonio Cultural y Arquitectura
- Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
- Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor
Comunidad Valenciana
Convoca:
Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas (Comunidad Valenciana)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El módulo económico máximo por el que se rigen estas prestaciones para la eliminación de barreras arquitectónicas será de 3.954,30 €.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Comunidades de bienes / propietarios
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas que cumplan los requisitos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Prestaciones económicas individualizadas para la eliminación de barreras arquitectónicas, para las personas mayores.Requisitos:
Podrán obtener la condición de beneficiarios, las personas físicas que cumplan los siguientes requisitos:a) Ser mayor de 60 años.
b) Que existan deficiencias de carácter motor o sensorial en el solicitante que le impidan o dificulten su movilidad a través de medios normales.
c) Que la solicitud esté referida a elementos relacionados con las necesidades de accesibilidad y comunicación, siendo excluidos los que signifiquen una mejora en el hogar/edificio que no esté directamente relacionada con los impedimentos físicos y/o sensoriales.
d) Idoneidad de lo solicitado para cubrir la necesidad que requiere el sujeto, que se acreditará a través de los informes médico y social.
El cumplimiento de estas condiciones vendrá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Documentos asociados
Boletín:
05/01/2016
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7691
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7691
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Boletín:
08/09/2021
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9169
Documento: Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9169
Documento: Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
08/09/2021
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9169
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9169
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Boletín:
15/11/2021
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9215
Documento: Ampliación plazo justificación Descargar Documento
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