Subvenciones para la supresión de barreras arquitectónicas y de barreras en la comunicación para entidades.

Código de ayuda:

S05737/05

Norma:

Orden BEF/35/2005, de 9 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/04/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar actuaciones destinadas a la supresión de barreras arquitectónicas y de barreras en la comunicación para entidades para el ejercicio de 2005.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Bienestar Social y Familia (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

- Las entidades de servicios sociales de iniciativa social titulares de establecimientos de servicios sociales y los sindicatos que regula la Ley orgánica 11/1985, de 2 de agosto.
- Los casales catalanes, debidamente reconocidos de acuerdo con lo que prevé el Decreto 118/1998, de 26 de mayo, mediante el que se aprueba el Reglamento de relaciones con las comunidades catalanas, pueden presentar solicitud a esta convocatoria, con las mismas condiciones que las demás entidades.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Son actuaciones subvencionables las inversiones destinadas a la supresión de barreras arquitectónicas y de barreras en la comunicación siguientes:
a) Las destinadas a hacer accesibles los establecimientos cuyos titulares son las entidades de servicios sociales de iniciativa social y los sindicatos, y aquellas que tengan por objeto la supresión de barreras en la comunicación.
b) La adquisición de medios de transporte colectivo adaptado a las personas con movilidad reducida o su adaptación.

En el caso de entidades de iniciativa social que presten sus servicios de forma estable en diversos municipios y/o en diversos equipamientos, podrán solicitar hasta 3 vehículos por convocatoria.

Se entiende por actuaciones para la supresión de barreras en la comunicación la instalación de sistemas alternativos o complementarios en espacios y equipamientos para hacer accesible la información y/o la señalización a las personas con disminución sensorial, visual y/o auditiva, o el coste adicional que suponga hacerlas accesibles.

Documentos asociados

Boletín: 16/02/2005
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4324
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento