Subvenciones para la traducción literaria en el 2019.
Código de ayuda:
S28982/19Norma:
RESOLUCIÓN de 10 de abril de 2019.Plazo de Solicitud:
Hasta el 10 de junio de 2019.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Es objeto de la presente Resolución dar publicidad al acuerdo del Consejo de Dirección del IVE que aprueba, para el 2019, la regulación del régimen de concesión de subvenciones a la traducción.Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
- Audiovisual, Prensa y Publicaciones
Localización del organismo gestor
País Vasco
Convoca:
INSTITUTO VASCO ETXEPARE EUSKAL INSTITUTUA / BASQUE INSTITUTE (País Vasco)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Los que cumplan los requisitos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
– Obras literarias escritas y publicadas originalmente en euskera a otras lenguas.– Obras literarias escritas y publicadas originalmente en castellano por autores empadronados en la Comunidad Autónoma Vasca a otras lenguas (excepto al euskera).
Requisitos:
a) Ser persona física o jurídica, que se dedica profesionalmente o tiene entre sus fines, labores de traducción y edición.b) Estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas, en el epígrafe correspondiente a la actividad que se vaya a realizar, antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes, si fuera necesario en el país correspondiente.
Expecionalmente, esta condición no tendrán que cumplirla los/las traductores/as que realicen traducciones de sus propias obras.
Documentos asociados
Boletín:
08/05/2019
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 85
Documento: Bases y Convocatoria 2019 Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 85
Documento: Bases y Convocatoria 2019 Descargar Documento