Subvenciones para las inversiones no productivas.- Convocatoria 2012.- Corrección.
Código de ayuda:
S17591/12Norma:
Resolución de 11 de mayo de 2012. Resolución de 15 de junio de 2012.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 15/06/2012Finalidad u objetivo de la ayuda:
Aprobar la convocatoria de subvenciones, correspondientes al año 2012, para las ayudas a inversiones no productivas, de acuerdo con lo que se establece en la Orden de la Consejera de Agricultura y Pesca de 18 de diciembre de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears, que se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears nº 188, de 20 de diciembre de 2007.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor
Islas Baleares
Convoca:
Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1. La cuantía de las ayudas será del 50% del importe de la inversión auxiliable aprobada.2. En ningún caso, el importe de la ayuda podrá superar el coste de la actividad a realizar.
3. Las inversiones objeto de ayuda podrán realizarse y justificarse mediante el sistema de facturas o de módulos de inversión. Pero si el coste total de la inversión a realizar supera los 12.000,00 euros, necesariamente debe realizarse y justificarse mediante facturas. En ningún caso el coste subvencionable
por m2, en caso de justificación por facturas, podrá superar en más de un 50% el importe del valor de los módulos fijados. La medición será en todos los casos la longitud por la altura y en el caso de pared seca solamente será auxiliable el primer metro de altura.
En el supuesto de que la inversión se realice y se justifique por módulos de inversión, se establecen los siguientes precios unitarios para calcular el importe de la inversión auxiliable:
- Muro de contención de bancales: 73€/m2.
- Muro de pared seca de separación de parcelas: 65€/m2. Dicho importe incluye la rehabilitación y el acondicionamiento por ambas caras. En el caso de que solamente sea necesaria la rehabilitación y el condicionamiento de una de las dos caras, el precio será de 32,50 €/ m2.
4. Las ayudas tendrán los límites máximos siguientes:
- 15.000,00 euros por beneficiario, en el supuesto de que la inversión se justifique por facturas.
- 6.000,00 euros por beneficiario, en el supuesto de que la inversión se justifique mediante el sistema de módulos de inversión.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas o jurídicas que lleven a cabo las actuaciones que se mencionan en el apartado cuarto de la presente Resolución y que, en el momento de la propuesta de Resolución, cumplan uno de los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las inversiones no productivas.Requisitos:
a)Que sean propietarios de la parcela donde se desea llevar a cabo la inversión y cumplan con los requisitos previstos en el punto 2 del presente apartado.b)Que sean titulares de una explotación agraria en la que se ubique la parcela donde se deseen llevar a cabo las inversiones y cumplan con los requisitos previstos en el punto 2 del presente apartado.
Documentos asociados
Boletín:
20/12/2007
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 188
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
17/05/2012
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 70
Documento: Convocatoria 2012. Descargar Documento
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Boletín:
21/06/2012
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 90
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
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