Subvenciones para los proyectos culturales de las entidades de administración local 2008: a) actividades musicales, b) actividades de cultura popular, c) otras actividades culturales, d) realitzación y edición de libros, fonogramas y audiovisuales i e) creación y modernización de archivos, bibliotecas y museos.

Código de ayuda:

S34982/08

Norma:

Consejo Insular de Mallorca.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 13/06/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El Consejo Ejecutivo, en sesión de hoy, 16 de abril de 2008, ha adoptado el siguiente acuerdo:

Aprobar el expediente 56/08 relativo a la convocatoria de subvenciones para los proyectos culturales de las entidades de administración local 2008:

a) Actividades musicales, b) Actividades de cultura popular, c) Otras actividades culturales, d) Realización y edición de libros, fonogramas y audiovisuales y e) Creación y modernización de archivos, bibliotecas y museos, así como las bases que la rigen.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Mallorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La concesión de las subvenciones se hace hasta el límite de las cantidades establecidas en la séptima base, se sujeta a los principios enumerados en el artículo 6.2 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, que aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones, y se lleva a cabo mediante el procedimiento de concurso, es decir, en régimen de concurrencia competitiva.
El órgano competente podrá hacer el prorrateo, entre los beneficiarios de la subvención, del importe global máximo destinado a la convocatoria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Pueden acogerse a esta convocatoria de subvenciones las solicitudes de las entidades de administración local de Mallorca que tengan por objeto realizar, durante el año 2008, los proyectos culturales que se recogen en las diferentes líneas de subvenciones, de acuerdo con los requisitos y condiciones que se
indican más adelante.

Quedan excluídos los proyectos culturales previstos en otras convocatorias del Consejo de Mallorca o los que sean objeto de subvenciones nominativas, excepto las ediciones presentadas a la convocatoria de apoyo genérico. El Departamento de Cultura no otorgará más de una subvención para el mismo proyecto
cultural programado en el presente año, independientemente de la entidad que presente la solicitud.

En el caso de que se quiera presentar más de un proyecto cultural en una misma línea de subvenciones o, en el caso de las ediciones, más de un proyecto en cada uno de los objetos de edición subvencionables, hay que indicar la prelación de los mismos. De no ser así, decidirá el órgano competente, a propuesta
del órgano instructor, previo informe de la comisión evaluadora.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El Consejo de Mallorca, en el ejercicio de sus competencias y de acuerdo con los objetivos fijados en el Plan estratégico de subvenciones del año 2008, quiere impulsar una política cultural propia a través de la colaboración con las entidades de administración local, mediante la convocatoria de una serie de líneas de subvenciones.
La presente convocatoria pretende, por una parte, promover y fomentar entre la población diferentes aspectos de la cultura, en general, y de nuestra cultura, en particular y, por otra parte, dar respuesta a la falta de infraestructuras en archivos, bibliotecas y museos de nuestra isla, para garantizar a los ciudadanos
el derecho constitucional del acceso al conocimiento y la cultura.

Concretamente, se trata de lograr, entre otros objetivos:
a) Dinamizar la cultura dando apoyo a la realización de eventos culturales de proyección pública; en particular, a los musicales y a los que se refieren a nuestro patrimonio cultural.
b) Promover los proyectos editoriales de nuestras entidades locales que persigan la difusión y la divulgación entre la colectividad de obras de interés cultural.
c) Garantizar y mejorar la prestación del servicio público que ofrecen nuestros archivos, bibliotecas y museos a fin de facilitar el acceso de la población a la información, la investigación, el pensamiento, el conocimiento y el gozo social de la cultura.

Líneas de subvenciones:

A) ACTIVIDADES MUSICALES
Se incluyen en esta línea de subvenciones la realización de festivales, conciertos y clases magistrales íntegramente de música clásica o jazz que se propongan promover y divulgar estas disciplinas musicales entre la población. Quedan excluídas las clases magistrales promovidas por las escuelas municipales de música.
Limitación: se puede subvencionar un único proyecto de este tipo.
B) ACTIVIDADES DE CULTURA POPULAR
Abarca las muestras, exposiciones, certámenes, jornadas, conferencias e itinerarios que, de acuerdo con lo establecido en la Ley 1/1992, de 19 de marzo, de cultura popular y tradicional, persigan la recuperación, conservación, promoción, difusión y valoración social de los elementos de nuestro patrimonio cultural popular y tradicional. Limitación: se puede subvencionar un único proyecto de este tipo.
C) OTRAS ACTIVIDADES CULTURALES
Recoge el resto de proyectos de carácter cultural que no tengan cabida en los anteriores apartados, siempre que promuevan el desarrollo cultural de nuestra isla.
Quedan excluídas las actividades relativas a la promoción exterior de la cultura de Mallorca y las de ámbito no propiamente cultural, como por ejemplo: educativo, juvenil, deportivo, sanitario, social,medioambiental, etc. Limitación: se pueden subvencionar, como máximo, tres proyectos de este tipo.
D) REALIZACIÓN Y EDICIÓN DE LIBROS, FONOGRAMAS Y AUDIOVISUALES
Se contemplan en esta línea las ediciones de libros, fonogramas y audiovisuales de obras inéditas con una proyección colectiva y pública. Limitación: se puede obtener, como máximo, una subvención para cada uno de los conceptos de edición subvencionables (libro, fonograma, audiovisual).
Los conceptos de realización y edición comprenden los gastos correspondientes, por una parte, a la producción de la obra y, por otra, a la fijación de la misma en un medio que permita su comunicación y la obtención de copias.
Por libro se entiende, a efectos de la presente convocatoria, el manuscrito de más de 50 páginas que puede ser editado tanto en papel como en formato digital.
Quedan excluídas las reediciones y las ediciones con contenidos de carácter no estrictamente cultural, por ejemplo: educativo, juvenil, deportivo, sanitario, social, medioambiental, científico, etc.
E) CREACIÓN Y MODERNIZACIÓN DE EQUIPAMIENTOS DE ARCHIVOS, BIBLIOTECAS Y MUSEOS
Se trata de dotar de equipamientos a los archivos, bibliotecas y museos de Mallorca abiertos al público, a fin de proporcionar a los ciudadanos instalaciones y servicios de mayor calidad que favorezcan y faciliten su formación y desarrollo cultural.
No obstante, en relación a los museos, hay que precisar que solamente son objeto de esta convocatoria los que existían antes de la entrada en vigor de la Ley 4/2003, de 26 de marzo, de museos de las Islas Baleares, y aquellos que legalmente se hayan constituido después de la aprobación de la ley.
Los equipamientos subvencionables son los siguientes:
1. Mobiliario y estanterías
2. Climatización y otros sistemas o aparatos para la buena conservación y custodia de los bienes expuestos.
3. Equipos informáticos
4. Equipos de reprografía
5. Equipos audiovisuales
6. Señalización
En el caso de los museos, son también subvencionables:
- Mejoras en el inmueble (restauraciones, eliminación de barreras arquitectónicas, adecuación de espacios, etc.).
- Instalación de medidas de seguridad adecuadas y suficientes para sus fondos.
- Mejoras en la iluminación de las salas y vitrinas.

Gastos subvencionables:
Son subvencionables los gastos necesarios para desarrollar el proyecto cultural, hayan sido abonadas o no las facturas u otros documentos acreditativos. Sin embargo, teniendo en cuenta las partidas presupuestarias de la convocatoria, no son subvencionables las inversiones, las obras, la compra de equipamientos o de cualquier otro bien inventariable, excepto, claro, las referidas a la creación y modernización de archivos, bibliotecas y museos.

Requisitos:

Pueden ser beneficiarias de la convocatoria las entidades de administración local de Mallorca.

No obstante, no pueden serlo:

- Las que incurran en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 10 (apartados 1 y 2) del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, que aprueba el texto refundido de la Lei de subvenciones (BOIB nº 196 de 31 de diciembre de 2005).
- Aquellas que no hayan justificado, documentalmente, la realización del proyecto cultural subvencionado en la convocatoria del año 2007, de acuerdo con las condiciones establecidas.

Documentos asociados

Boletín: 13/05/2008
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 65
Documento: Bases y Convocatoria 2008 Descargar Documento