Subvenciones para planes de mejora y primera instalación de agricultores jóvenes.
Código de ayuda:
S04100/04Norma:
Orden de 12 de febrero de 2004.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 18/03/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer planes de mejora y primera instalación de agricultores jóvenes en materia de estructuras agrarias.La mejora y modernización de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias en materia de:
- Estructuras Agrarias.
- Desarrollo Agrícola.
- Ganadería.
Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Creación nuevas empresas
Localización del organismo gestor
Canarias
Convoca:
Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca (Canarias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Sin especificar por Beneficiario.En la Orden se ofrecen cantidades totales por cada tipo de acción subvencionable.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas o jurídicas que sean titulares ser titular de una explotación agraria y cumplan con los requisitos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las siguientes líneas de actuación:a) Inversiones en explotaciones agrarias mediante planes de mejora.
b) Primera instalación de jóvenes agricultores.
Las siguientes inversiones:
a) La mejora de las condiciones de vida y trabajo de los agricultores y de los empleados de las explotaciones.
Las inversiones consideradas se destinarán, en exclusiva, a la mejora de las prácticas agrarias y tareas derivadas de la explotación agraria.
b) La mejora cualitativa y la ordenación de las producciones en función de las necesidades de mercado y, en su caso, con vistas a la adaptación a las normas comunitarias de calidad, así como para la
diversificación de las actividades agrarias, especialmente mediante inversiones destinadas a la clasificación, acondicionamiento, fabricación, transformación y comercialización de los productos agrarios de la propia explotación.
c) La adaptación de las explotaciones con vistas a reducir los costes de producción, ahorrar energía o agua, o la incorporación de nuevas tecnologías, incluidas las de informatización y las telemáticas.
d) El cumplimiento de las normas mínimas en materia de medio ambiente, higiene y bienestar de los animales, establecidas recientemente.
A estos efectos, se entenderán como recientemente establecidas las normas que hayan entrado en vigor en el plazo máximo de un año anterior a la fecha de solicitud de la subvención.
e) La compra de tierras para adecuar la estructura productiva de la explotación.
Requisitos:
Las siguientes como prioritarias, entre otras especificadas en la Orden:a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
b) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y presupuestarias con la Comunidad Autónoma.
c) No haber recibido ayudas o subvenciones con el mismo objeto de cualquier Administración o Ente público.
d) No haber recibido ayudas u otras atribuciones patrimoniales gratuitas de entidades privadas o particulares para el mismo destino.
e) Haber procedido a la justificación de las subvenciones concedidas con anterioridad por los órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma en los términos establecidos en el artículo 31 del Decreto 337/1997.
f) Realizar las inversiones con posterioridad al 30 de junio de 2003.
Documentos asociados
Boletín:
18/02/2004
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 33
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 33
Documento: Convocatoria Descargar Documento