Subvenciones para planes de mejora y primera instalación de agricultores jóvenes.

Código de ayuda:

S04100/04

Norma:

Orden de 12 de febrero de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 18/03/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer planes de mejora y primera instalación de agricultores jóvenes en materia de estructuras agrarias.
La mejora y modernización de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias en materia de:
- Estructuras Agrarias.
- Desarrollo Agrícola.
- Ganadería.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Creación nuevas empresas

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Sin especificar por Beneficiario.
En la Orden se ofrecen cantidades totales por cada tipo de acción subvencionable.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas que sean titulares ser titular de una explotación agraria y cumplan con los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las siguientes líneas de actuación:
a) Inversiones en explotaciones agrarias mediante planes de mejora.
b) Primera instalación de jóvenes agricultores.

Las siguientes inversiones:
a) La mejora de las condiciones de vida y trabajo de los agricultores y de los empleados de las explotaciones.
Las inversiones consideradas se destinarán, en exclusiva, a la mejora de las prácticas agrarias y tareas derivadas de la explotación agraria.

b) La mejora cualitativa y la ordenación de las producciones en función de las necesidades de mercado y, en su caso, con vistas a la adaptación a las normas comunitarias de calidad, así como para la
diversificación de las actividades agrarias, especialmente mediante inversiones destinadas a la clasificación, acondicionamiento, fabricación, transformación y comercialización de los productos agrarios de la propia explotación.

c) La adaptación de las explotaciones con vistas a reducir los costes de producción, ahorrar energía o agua, o la incorporación de nuevas tecnologías, incluidas las de informatización y las telemáticas.

d) El cumplimiento de las normas mínimas en materia de medio ambiente, higiene y bienestar de los animales, establecidas recientemente.
A estos efectos, se entenderán como recientemente establecidas las normas que hayan entrado en vigor en el plazo máximo de un año anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

e) La compra de tierras para adecuar la estructura productiva de la explotación.

Requisitos:

Las siguientes como prioritarias, entre otras especificadas en la Orden:
a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.

b) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y presupuestarias con la Comunidad Autónoma.

c) No haber recibido ayudas o subvenciones con el mismo objeto de cualquier Administración o Ente público.

d) No haber recibido ayudas u otras atribuciones patrimoniales gratuitas de entidades privadas o particulares para el mismo destino.

e) Haber procedido a la justificación de las subvenciones concedidas con anterioridad por los órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma en los términos establecidos en el artículo 31 del Decreto 337/1997.

f) Realizar las inversiones con posterioridad al 30 de junio de 2003.

Documentos asociados

Boletín: 18/02/2004
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 33
Documento: Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 18/02/2004
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 33
Documento: Anexos Descargar Documento
Boletín: 18/02/2004
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 33
Documento: Anexos Descargar Documento