Subvenciones para programas de arbitraje en materia de consumo, a realizar por las entidades locales durante el año 2010.
Código de ayuda:
S00100/10Norma:
Orden de 22/12/2009.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 20/01/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecimiento de las bases y la convocatoria de subvenciones,mediante el régimen de concurrencia competitiva, destinadas al fomento y desarrollo del Sistema Arbitral de Consumo por parte de las Entidades Locales de la Región, concurrentes a la presente convocatoria durante el ejercicio económico del año 2010.
Categorías Subvención
- Consumo
- Corporaciones Locales
Localización del organismo gestor
Castilla-La Mancha
Convoca:
Consejería de Bienestar Social (Castilla-La Mancha)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
L as Entidades Locales de Castilla-La Mancha que reúnan los requisitos previstos en el art.13 de la Ley General de Subvenciones y el art.74 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de CLM y que además cuenten con un Centro Colaborador u Órgano Arbitral, ya sea unipersonal o colegiado, (en adelante Órgano arbitral u Órganos arbitrales) designado al efecto.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. El presente programa de subvenciones se destina al apoyo de los gastos derivados de las indemnizaciones por la asistencia y participación de los miembros de los órganos Arbitrales de Consumo, designados previamente al amparo del Artículo 7 del Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo, en la resolución de los expedientes arbitrales cuya tramitación finalice con la emisión del correspondiente laudo, durante el ejercicio presupuestario de 2010.2. Los gastos derivados de las indemnizaciones por la asistencia y participación de los miembros de los órganos Arbitrales de Consumo, (referidos en el apartado anterior), en la resolución de los expedientes arbitrales cuya tramitación finaliza en el año 2009 y no hayan sido presentados como justificación de la Orden de 30 de diciembre de 2008, por la que se convoca programas de ayudas correspondientes, como es el caso de los gastos derivados de las actividades desarrolladas a partir del 1 de diciembre de 2009 a 31 de diciembre de 2009.
A todos los efectos, solamente se computará una asistencia por parte de los miembros del respectivo órgano Arbitral en cada expediente resuelto con la emisión del laudo correspondiente.
3. Gastos y pruebas periciales necesarias para dictar los laudos correspondientes.
Documentos asociados
Boletín:
31/12/2009
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 254
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 254
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento