Subvenciones para programas de fomento de la economia social.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S13719/14

Norma:

Orden de 7 de abril de 2014.

Plazo de Solicitud:

a) Para los Programas 4.º y 7º: Hasta el día 28/04/2014; b) b) El día 30 de septiembre, para los Programas 1.º, 2.º, 5.º y 6.º

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y convocar las subvenciones a conceder, en régimen de concurrencia competitiva, por la Consejería de Educación, Universidades y Empleo durante el año
2014, destinadas al fomento de la Economía Social, a través del programa presupuestario 724A Desarrollo de la Economía Social.

Categorías Subvención

  • Cooperación empresarial
  • Educación y Ciencia
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Educación, Juventud y Deportes (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Si la aportación al capital del socio trabajador por el que solicita subvención es igual o superior a 1.000,00 euros, la cuantía de ayuda a conceder por las personas que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 23, serán las siguientes:

a) De hasta siete mil euros (7.000,00 euros) por cada socio trabajador incorporado a la sociedad.

Si la persona incorporada es mujer la cuantía será de hasta ocho mil quinientos euros (8.500,00 euros).

b) De hasta once mil quinientos euros (11.500,00 euros) en el caso de discapacitado.

c) De hasta nueve mil quinientos euros (9.500,00 euros) en el caso de persona con riesgo de exclusión del mercado de trabajo.

2. Si la aportación al capital del socio trabajador por el que solicita subvención es inferior a 1.000,00 euros, el importe de la subvención a conceder se obtendrá aplicando la siguiente fórmula:

S= C x A
1000

Siendo:

S = Subvención a conceder por cada nuevo socio trabajador incorporado.

C = Subvención que corresponde al socio trabajador por pertenecer a un determinado colectivo (7.000, 8.500, 9.500, u 11.500 euros).

A = Capital suscrito por el socio trabajador por el cual se solicita subvención.

Para tener derecho a subvención el importe mínimo a conceder por expediente será de 1.000,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

a) Las pequeñas y medianas empresas de Economía Social, en los Programas 1.º, 2.º y 5.º

b) Las Organizaciones Empresariales de Economía Social de carácter sectorial e intersectorial, en los Programas 3.º, 4.º y 6.º

Las Organizaciones que soliciten subvención no estarán integradas ni asociadas a fecha de 31 de diciembre de 2013 a otras Organizaciones Empresariales de Economía Social de la Región de Murcia.

c) Las Universidades Públicas, en el Programa 7.º

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.º Empleo en Cooperativas y Sociedades Laborales.

2.º Aportaciones en Economía Social.

3.º Difusión y Fomento de la Economía Social.

4.º Organizaciones Empresariales de la Economía Social.

5.º Inversiones en Economía Social.

6.º Asistencia Técnica en Economía Social.

7.º Economía Social en las Universidades Públicas.

Documentos asociados

Boletín: 09/04/2014
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 82
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento