Subvenciones para programas y actividades habituales o puntuales, jovenes creadores e iniciativas musicales en materia de juventud para el año 2008
Código de ayuda:
S58482/08Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 27/09/2008Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular las subvenciones para dar soporte a las programaciones y proyectos que presenten entidades y asociaciones infantiles y juveniles legalmente constituidas, para realizar actividades habituales opuntuales de actividades de tiempo libre, prevención de conductas de riesgos sociales y otros de interés que se destinen a la infancia o a la juventud, que se consideren de utilidad pública o social y de interés general y que redunden en beneficio de los ciudadanos de Palma, en el ámbito de las competencias de la
Concejalía de Juventud.
Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Juventud
Localización del organismo gestor
![](https://www.infoayudas.com/images/detalle/4.png)
Convoca:
Consejería de Deportes, Juventud e Igualdad (Islas Baleares)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
5.1. Se consideran beneficiarios de estas subvenciones las personas jurídicas de derecho privado o público con personalidad jurídica sin ánimo de lucro, que cumplan los requisitos y las obligaciones previstas en la Ley 38/2003 y los art. 4 y siguientes de la Ordenanza general municipal, que realicen o promuevanactuaciones o actividades en beneficio de la infancia y la juventud de la ciudad y que se basen en otorgar la subvención de acuerdo con lo previsto en esta convocatoria.
5.2. También pueden acceder a la condición de beneficiario las agrupaciones de personas físicas privadas, y las personas físicas privadas o cualquier otro pipo de unidad económica o patrimonio separado que, aunque no tengan personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, las actividades o los
comportamientos o estén en la situación que motiva la concesión de la subvención.
Documentos asociados
Boletín:
28/08/2008
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 120
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 120
Documento: Convocatoria Descargar Documento