Subvenciones para proyectos al desarrollo y microacciones en el exterior.
Código de ayuda:
S05982/13Norma:
ORDEN PRE/130/2013, de 6 de marzo. ORDEN PRE/182/2013, de 25 de marzo. ORDEN PRE/1086/2013, de 18 de diciembre. ORDEN PRE/1020/2014, de 21 de noviembre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 29/12/2014Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar para el ejercicio 2015, subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a organizaciones no gubernamentales de desarrollo, en adelante ONGD, para colaborar en la financiación de proyectos de desarrollo y microacciones en el exterior que mejoren las condiciones de vida y el desarrollo sostenible de la población de los países empobrecidos, garantizando la sostenibilidad económica, social e institucional de las intervenciones, en el marco de las ayudas económicas no reembolsables.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de la Presidencia (Castilla y León)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1. En el caso de proyectos de desarrollo las subvenciones otorgadas no podrán superar el 80% del presupuesto total del proyecto, sin que en ningún caso este porcentaje pueda exceder de la cuantía de 200.000 €.2. En el caso de microacciones en el exterior las subvenciones otorgadas no podrán superar el 90% del presupuesto total del proyecto, ni exceder de la cuantía de 45.000 €.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
Detalle beneficiarios:
Las organizaciones no gubernamentales de desarrollo, constituidas como agentes de cooperación al desarrollo de conformidad con el artículo 22 de la Ley 9/2006, de 10 de octubre, de Cooperación al Desarrollo, que reúnan los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La financiación de proyectos de desarrollo y microacciones en el exterior, dirigidos a mejorar las condiciones de vida y el desarrollo sostenible de la población de los países empobrecidos.Requisitos:
a) Ser entidades privadas, legalmente constituidas y sin ánimo de lucro.b) Gozar de plena capacidad jurídica y de obrar y disponer de una estructura susceptible de garantizar el cumplimiento de sus fines.
c) No tener relaciones de dependencia, ni directa ni indirecta, de instituciones públicas, sean autonómicas, estatales o internacionales.
d) Establecer expresamente en sus estatutos que entre sus objetivos se encuentra la realización de actividades relacionadas con los principios y objetivos de la cooperación al desarrollo.
e) Disponer de sede o delegación permanente en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León antes de la publicación de la convocatoria. Se entenderá como delegación aquella que cuente con personal contratado o voluntario y local adecuado donde realizar sus actividades, con domicilio social en Castilla y León diferente del particular de sus miembros.
f) Figurar inscritas en el Registro de Agentes de Cooperación al Desarrollo de Castilla y León regulado en el Decreto 46/2008, de 26 de junio, y en su normativa de desarrollo.
g) No incurrir en ninguna de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Documentos asociados
Boletín:
11/03/2013
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 48
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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27/03/2013
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 60
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20/12/2013
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 244
Documento: Convocatoria 2014. Descargar Documento
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Boletín:
20/02/2014
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 35
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
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Boletín:
28/11/2014
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 230
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