Subvenciones para proyectos de cooperación al desarrollo y solidaridad.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S18855/12

Norma:

Vic, 14 de maig de 2012. Vic (Osona), març 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 25/06/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas para proyectos de cooperación al desarrollo y solidaridad por entidades sin ánimo
de lucro con sede en la comarca de Osona.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Consejo Comarcal de Osona (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La dotación presupuestaria para la convocatoria de subvenciones a proyectos de cooperación al desarrollo y solidaridad será la que determine el presupuesto del Consejo Comarcal de Osona para cada anualidad.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades sin ánimo de lucro con domicilio en la comarca de Osona que acrediten los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los proyectos de cooperación al desarrollo y solidaridad por entidades sin ánimo de lucro con sede en la comarca de Osona.

Requisitos:

- Estar legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente.

- Disponer de sede social o delegación permanente en la comarca de Osona.

- Reflejar en sus estatutos que entre sus finalidades se encuentra la realización de actividades y proyectos orientados a la cooperación y / o la solidaridad. También podrán presentar proyectos a esta convocatoria otras entidades que, no cumpliendo con este punto, realicen habitualmente actividades de solidaridad y cooperación con organizaciones homólogas.

- Garantizar, mediante la memoria de sus actividades, la experiencia de la entidad en la realización de las actuaciones asimilables a las que se orientan las ayudas, al menos de un ejercicio económico a aquel en el que se solicite la ayuda.

- En caso de que la solicitante sea una Fundación, es necesario que acredite que ha cumplido con el requisito de haber presentado las cuentas anuales ante el Protectorado de la Generalidad, de acuerdo con el artículo 336.3 del Libro III del Código Civil de Cataluña.

Documentos asociados

Boletín: 00/00/0000
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6136
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 25/05/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6136
Documento: Convocatoria 2012. Descargar Documento