Subvenciones para proyectos de cooperacion al desarrollo y solidaridad.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S10846/14

Norma:

Vic, 14 de març de 2014. Vic, 19 de març de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 24/04/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El otorgamiento de subvenciones destinadas a proyectos de solidaridad y cooperación que tengan como finalidad la cooperación en el desarrollo en el ámbito internacional para entidades sin ánimo de lucro debidamente constituidas e inscritas en el registro correspondiente, con domicilio en la comarca de Osona.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Consejo Comarcal de Osona (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades sin ánimo de lucro con domicilio en la comarca de Osona que acrediten los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los proyectos de solidaridad y cooperación que tengan como finalidad la cooperación en el desarrollo en el ámbito internacional para entidades sin ánimo de lucro debidamente constituidas e inscritas en el registro correspondiente, con domicilio en la comarca de Osona.

Requisitos:

- Estar legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente.

- Disponer de sede social en la comarca de Osona.

- Reflejar en sus estatutos que entre sus finalidades se encuentra la realización de actividades y proyectos orientados a la cooperación y / o la solidaridad . También podrán presentar proyectos a esta convocatoria otras entidades que, aunque no cumplir con este punto , realicen habitualmente actividades de solidaridad y cooperación con organizaciones homóloga.

- Garantizar , mediante la memoria de sus actividades , la experiencia de la entidad en la realización de las actuaciones asimilables a las que se orientan las ayudas , menos de un ejercicio económico a aquel en el que se solicite la ayuda.

- En caso de que la solicitante sea una Fundación , es necesario que acredite que ha cumplido con el requisito de haber presentado los cuentas anuales ante el Protectorado de la Generalidad, de acuerdo con el artículo 336.3 del Libro III del Código Civil de Cataluña.

Documentos asociados

Boletín: 08/04/2013
BO Provincia de Barcelona- Nº
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 24/03/2014
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6588
Documento: Convocatoria 2014. Descargar Documento