Subvenciones para proyectos de energia fotovoltaica conectada a la red, ubicados en edificios.

Código de ayuda:

S56764/09

Norma:

Resolución de 17 de julio de 2009. Orden de 15 de mayo de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/10/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar ayudas para el año 2009 para ejecutar proyectos de energía fotovoltaica conectada a la red, ubicados en edificios ya existentes o de nueva construcción.

Categorías Subvención

  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Comercio, Industria y Energía (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para instalaciones con potencia igual o inferior a 10 kWp se fija un importe unitario de 0,70 €/Wp (setenta céntimos de euro por Wp).

Para instalaciones con potencia superior a 10 kWp se fija un importe unitario de 0,50 €/Wp (cincuenta céntimos de euro por Wp).

En ningún caso se puede superar el importe de 22.000 € (veintidós mil euros) para cada instalación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas de derecho privado, las asociaciones o
entidades sin finalidad lucrativa, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica que realicen en edificios ubicados en el ámbito territorial de las Islas Baleares instalaciones de energía fotovoltaica conectada a la red, reguladas por el Real Decreto 661/2007.

Si el solicitante es una empresa, debe tener centralizadas las operaciones
en un establecimiento ubicado en las Islas Baleares o hay que disponer de
delegación permanente y, en todo caso, el centro productivo en el que desarrolla la actividad se ha de ubicar en esta comunidad autónoma.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Instalaciones nuevas de energía solar fotovoltaica conectada a la red la
ubicación de las que se prevea en edificios ya existentes o de nueva construcción, con una potencia mínima de 1 kWp. Las instalaciones estarán situadas en cubiertas o fachadas de construcciones fijas, cerradas, hechas de materiales resistentes, dedicadas a usos residencial, de servicios, comercial o industrial, incluidas las de carácter agropecuario.

Es subvencionable un proyecto para edificio y únicamente serán subvencionables las instalaciones iniciadas a partir del 1 de julio de 2008 y realizadas dentro de los plazos fijados en la resolución de otorgamiento, que en ningún caso podrá ser posterior al 10 de noviembre de 2010.

Documentos asociados

Boletín: 24/05/2008
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 72
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 06/08/2009
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 115
Documento: Convocatoria 2009. Descargar Documento
Boletín: 03/10/2009
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 144
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento