Subvenciones para proyectos de recuperación y fomento de la memoria democrática, y de promoción de la paz y de los derechos humanos.- Convocatoria 2017.
Código de ayuda:
S41782/16Norma:
ORDEN EXI/286/2016, de 10 de octubre. RESOLUCIÓN EXI/983/2017, de 8 de mayo.Plazo de Solicitud:
Hasta el 8 de junio de 2017.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de esta línea de subvenciones es dar apoyo a proyectos realizados mayoritariamente en Cataluña,que ya se hayan realizado en el momento de la publicación de la convocatoria correspondiente, y destinados a la recuperación y el fomento de la memoria democrática, y la promoción de la paz y de los derechos humanos.
Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Asociacionismo y Voluntariado
Otras
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Relaciones Institucionales y Participación (Cataluña)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Pueden optar a las subvenciones previstas en esta Orden las entidades sin ánimo de lucro, fundaciones ocooperativas sin ánimo de lucro, domiciliadas en Cataluña, cuyo objeto tenga relación directa con las
finalidades que son objeto de subvención en esta Orden o bien con actividad previa constatable mediante la
memoria o recopilación de actividades de los últimos dos años en los ámbitos de recuperación y fomento de la memoria democrática, y de promoción de la paz y de los derechos humanos.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Línea 1: Proyectos de recuperación y difusión de la memoria democrática: preferentemente, proyectos derecogida de testigos del exilio y la deportación republicanos, y de la posguerra catalana, así como también proyectos de documentación y geolocalización de fosas comunes y lugares de represión a la Guerra Civil.
Línea 2: Proyectos de difusión y sensibilización en materia de derechos humanos: preferentemente, los
centrados en la situación de los derechos humanos dentro del actual contexto socioeconómico de Cataluña, y que promuevan objetivos establecidos en las leyes catalanas de defensa o garantía de derechos humanos
(infancia, inmigración, no discriminación, equidad de género y derechos de las mujeres, LGTB y pobreza
energética).
Línea 3: Proyectos de difusión y sensibilización en el campo de la cultura de la paz: preferentemente, proyectos transversales y con incidencia intergeneracional.
Requisitos:
Para obtener la condición de beneficiarias de las ayudas, las entidades solicitantes tienen que cumplir los requisitos y las condiciones generales que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, general de subvenciones, y los siguientes:1 Estar inscritas en el registro correspondiente.
2 Cumplir las medidas de integración social de personas discapacitadas de acuerdo con la normativa vigente.
3 Cumplir las normas en materia de erradicación de la violencia machista de acuerdo con la normativa
vigente.
4 Cumplir la normativa en materia de política lingüística.
5 Haber cumplido el deber de presentar las cuentas anuales en el Protectorado de la Generalidad de
Cataluña, de acuerdo con el artículo 336-3 del libro tercero del Código Civil de Cataluña, aprobado por la Ley 4/2008, de 24 de Abril.
6 Declarar que son ciertos y completos los datos que se detallan en la solicitud, así como en toda la
documentación anexa a la solicitud.
7 Haber adaptado los estatutos a la disposición transitoria primera de la Ley 4/2008, de 24 de Abril, del libro tercero del Código Civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas, y a la Ley 5/2011, del 19 de Julio, de modificación del anterior.
8 No haber sido , sancionadas por resolución administrativa firme o condenadas por sentencia judicial firme, conforme al artículo 11.1 de la Ley 17/2015, del 21 de Julio, de igualdad efectiva de mujeres y hombres, por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias en razón de sexo o de género.
9 Presentar declaración sobre si se han pedido y/o se han obtenido otras ayudas públicas o privadas para la misma actividad, haciendo constar la relación detallada con la entidad concedente y la cantidad solicitada y/u obtenida.
10 Cumplir la normativa sobre propiedad intelectual.
11 Respetar lo establecido en la Ley 17/2015, de 21 de Julio, de igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Documentos asociados
Boletín:
26/10/2016
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7234
Documento: Bases Reguladoras 2016 Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7234
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Boletín:
11/05/2017
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7367
Documento: Convocatoria 2017 Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2017 Descargar Documento
Boletín:
10/07/2017
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7408
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
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