Subvenciones para proyectos o actividades culturales en Ceuta.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S12973/11Norma:
Ceuta, a 4 de marzo de 2011.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 11/04/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de subvenciones para la ejecución de proyectos o la realización de actividades culturales en Ceuta a lo largo del año 2011.Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
- Asociacionismo y Voluntariado
Localización del organismo gestor
Ceuta
Convoca:
Consejería de Educación y Cultura (Ceuta)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la subvención será proporcional a la puntuación obtenida y no podrá exceder del 75 % del presupuesto total de gastos de ejecución del proyecto o de la actividad subvencionada.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas o jurídicas así como las asociaciones y entidades, públicas o privadas, que cumplan los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La financiación de proyectos o actividades culturales, de iniciativa particular, ya ejecutados o pendientes de desarrollar, en la Ciudad de Ceuta, en todos los casos, y en alguna otra ciudad del resto del territorio nacional, en algún caso excepcional, debidamente justificado.Se entenderán como proyectos o actividades culturales las de fomento, desarrollo y promoción de:
* la música,
* el teatro,
* la danza,
* la literatura,
* la ciencia,
* las artes plásticas,
* las artes escénicas,
* el cine y los audiovisuales,
* y cualquier otra disciplina de índole artística.
Requisitos:
a) Personas físicas: Haber cumplido la mayoríade edad y residir en Ceuta.b) Personas jurídicas: Estar legalmente constituidas y con domicilio social en Ceuta.
c) Agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas sin personalidad: Cada una de las personas físicas o jurídicas que las integran deberán reunir los requisitos que según el caso determine esta
base y, además, estarán sometidas a las obligaciones que para las mismas establece el apartado 3 del artículo 11 de la Ley General de Subvenciones.
d) En todos los casos, además:
* Redactar un proyecto o programar una actividad en materia de cultura.
* Carecer de ánimo de lucro en la ejecución del proyecto o actividad.
* Disponer de medios y capacidad sufi ciente para la ejecución del proyecto o actividad para los que
se solicita la subvención.
* Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Agencia Estatal de Administración
Tributaria y con la Seguridad Social, así como de las obligaciones tributarias con la Ciudad de Ceuta.
Documentos asociados
Boletín:
11/03/2011
BOCCE Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta- Nº 5033
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
BOCCE Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta- Nº 5033
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento