Subvenciones para que las entidades sujetas al Decreto 123/2008 procedan a su adaptación a las obligaciones lingüísticas establecidas por el citado Decreto en sus relaciones con las personas consumidoras y usuarias - Convocatoria 2009.
Código de ayuda:
S58891/08Norma:
ORDEN de 29 de julio de 2008.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 08/06/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión de subvenciones a las entidades sujetas alDecreto 123/2008, con objeto de que durante el ejercicio 2009 procedan a su adaptación a las obligaciones
lingüísticas establecidas por el citado Decreto en sus relaciones con las personas consumidoras y usuarias.
Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Comercio
Consumo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Cada una de las entidades solicitantes recibirá una subvención de hasta un máximo de 45.000 euros.La subvención que se adjudique a las actividades que se presenten a la convocatoria y reúnan todos los requisitos, aplicados los criterios de valoración, en ningún caso será mayor a la solicitada.
Las Administraciones Públicas no concederán una subvención mayor al 60% del presupuesto, como
se establece en el artículo 3.1.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas por la presente Orden las entidades enmarcadasdentro del ámbito de aplicación del Decreto 123/2008 y que se encuentran recogidos en los apartado 2, 3, 4, 5 y 6 del artículo 2 del mencionado Decreto (especificados en el anexo VII de la presente convocatoria).
Quedan excluidos, por lo tanto, de esta convocatoria, los mencionados en el apartado 1 del artículo 2.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La entidad beneficiaria destinará las subvenciones previstas en esta convocatoria a financiar las actuacionesdestinadas al cumplimiento de las obligaciones lingüísticas establecidas en el Decreto 123/2008 (especificados en el anexo VIII de la presente convocatoria) y, en particular, la formulación en euskera y castellano de:
a) Todo tipo de señalización incluida la toponímica, cumpliendo lo previsto en el artículo 10 de la Ley
10/1982, Básica de Normalización del Uso del Euskera.
b) La información de carácter fijo y variable contenida en los carteles o rótulos que se expongan al público,
c) Los impresos o catálogos editados directa o indirectamente, por la propia empresa o establecimiento
comercial que se hallen a disposición del público y que faciliten información sobre uno o varios productos o
servicios.
d) Los impresos destinados a su cumplimentación por los consumidores y usuarios.
e) Los contratos de adhesión, los contratos con cláusulas tipo, los contratos normados, las condiciones generales y la documentación a que se refieran los mismos o que se desprendan de los citados contratos.
f ) Las comunicaciones o notificaciones destinadas a los consumidores, así como las facturas o documentos
acreditativos de las operaciones realizadas, presupuestos, resguardos de depósito y cualesquiera documentos análogos.
Se deberá cuidar la calidad del euskera en todas esas expresiones, garantizando no solo que los textos son correctos, sino también la eficacia comunicativa. Asimismo, no se utilizará un lenguaje sexista.
Serán, asimismo, objeto de subvención:
a) La capacitación lingüística del personal de los servicios de atención al público.
b) El diseño, implementación, seguimiento y evaluación del plan para el cumplimiento de las obligaciones
establecidas por el Decreto 123/2008.
Requisitos:
La autofinanciación del proyecto será al menos del 40%.Documentos asociados
Boletín:
01/09/2008
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 165
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 165
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Boletín:
08/05/2009
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 85
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 85
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