Subvenciones para realizar proyectos de innovacion y emprendizaje a desarrollar por centros concertados y centros publicos de titularidad municipal que imparten ciclos formativos de Formacion Profesional.- Convocatoria 2014/2015.
Código de ayuda:
S44519/13Norma:
ORDEN de 26 de noviembre de 2013. ORDEN de 18 de diciembre de 2014.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 26/01/2015Finalidad u objetivo de la ayuda:
La financiación de la liberación total o parcial de las personas docentes que lleven a cabo proyectos de innovación y emprendizaje a desarrollar a lo largo del curso 2014-2015, necesarios para adecuar la oferta formativa de Formación Profesional a las necesidades del sistema productivo, con el fin de transferir estos conocimientos al resto de los centros educativos.Categorías Subvención
Educación y Ciencia
Formación
I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor
![](https://www.infoayudas.com/images/detalle/16.png)
Convoca:
Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la subvención por cada proyecto será la indicada en el anexo I, teniendo en cuenta que el importe de subvención por liberación total de un docente es de 42.000 euros, sin que en ningún caso tal cuantía supere el gasto realmente incurrido por el centro para llevar a cabo la actividad subvencional.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza
Detalle beneficiarios:
Los centros concertados y los centros públicos de titularidad municipal que tengan concertados o conveniados ciclos formativos de Formación Profesional en el curso 2014-2015.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1.– Innovación en el entorno estratégico ferroviario.2.– Realidad aumentada. Soldadura basada en escenarios innovadores de simulación.
3.– Diseño de utillajes para manipulación de chapa de acero ultrarresistente para automoción y aeronáutica.
4.– Tecnología de ingeniería inversa. Diseño, comprobación y verificación de piezas industriales unitarias.
5.– Mecanizado de materiales. Diseño y elaboración de prototipos de elastómeros, fibras y composites.
6.– Diseño y optimización en la estampación.
7.– Diseño, fabricación y gestión de la vida de un producto para reducción de costes.
8.– Innovación en el diseño y mecanizado en troquelería.
9.– Automatización de sistemas en el control y recogida de datos con Arduino.
10.– Integración de procesos automatizados, control remoto de procesos industriales de robótica y visión artificial.
11.– Estandarización en el montaje y fabricación de equipos electrónicos.
12.– Hogar digital, sistemas domóticos y automatismos tecnológicos inteligentes.
13.– Innovación eléctrica y mecatrónica en los nuevos motores híbridos y eléctricos en automoción.
14.– Innovación en la restauración de vehículos históricos con el uso de tecnologías adecuadas con el medio ambiente.
15.– Análisis de los efectos del uso de biocombustibles en automoción.
16.– Innovación tecnológica y mejora en los sistemas de gestión, producción y competitividad a través del modelo basado en limitaciones.
17.– Innovación aplicada para la mejora de la gestión de los centros, ahorro de recursos y transferencia de identificación por radiofrecuencia (RFID).
18.– Ejercicio físico para el envejecimiento activo.
19.– Innovación en los productos de industrias alimentarias acordes con las nuevas tendencias de consumo.
20.– Imágenes ultrasónicas en Imagen para el diagnóstico sanitario.
21.– Biotecnología.
22.– Innovación en la alimentación para un envejecimiento activo y su influencia en enfermedades crónicas e intolerancias alimenticias.
La fecha de inicio de las actividades objeto de esta subvención no podrá ser superior a los 10 días naturales de la notificación de la presente Resolución.
La fecha de finalización de las actividades objeto de esta subvención finalizarán el 30 de agosto de 2015.
Requisitos:
a) Ser centro concertado o conveniado que imparte ciclos formativos de Formación Profesional en el curso 2014-2015.b) No encontrarse sancionado penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni hallarse incurso en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello, con inclusión de lo dispuesto en el artículo 50.5 del Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País vasco.
c) Estar al corriente del pago de sus obligaciones con la Seguridad Social y tributarias.
El cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social por parte de las entidades solicitantes de las ayudas, se verificará directamente por el órgano gestor sin necesidad del consentimiento de los mismos, en aplicación del Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco.
Documentos asociados
Boletín:
05/12/2013
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 232
Documento: Convocatoria 2013/2014. Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 232
Documento: Convocatoria 2013/2014. Descargar Documento
Boletín:
26/12/2014
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 246
Documento: Convocatoria 2014/2015 y Anexos. Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 246
Documento: Convocatoria 2014/2015 y Anexos. Descargar Documento