Subvenciones periodicas destinadas a favorecer la conciliacion de la vida laboral y familiar mediante el Pequecheque y se aprueba la convocatoria para el año 2007.

Código de ayuda:

S44555/07

Norma:

Orden de 10 de mayo de 2007.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/10/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras de las convocatorias de subvenciones
para financiar, parcialmente y de forma periódica, los gastos familiares derivados del coste por los servicios prestados a los niños menores de tres años inscritos en los Centros y Puntos de Atención a la Infancia, que estén registrados en la Consejería de Trabajo y Política Social en la Región de Murcia, mediante el denominado “pequecheque” y aprobar la convocatoria para el año 2007.

A los efectos de lo dispuesto en esta Orden se entenderá por “pequecheque” un número determinado de
tickets personalizados, teniendo cada uno de estos tickets un valor económico, que una vez entregados a las familias beneficiarias, estas entregarán uno de ellos cada mes para el pago parcial de las cuotas establecidas, mediante endoso a los Centros y Puntos de Atención a la Infancia.

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Trabajo y Política Social (Región de Murcia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones, las familias residentes en la Región de Murcia con hijos inscritos en un Centro o Punto de Atención a la Infancia de la nueva red de C.A.I. y P.A.I. que se encuentran debidamente registrados y autorizados por la Consejería de Trabajo y Política Social en el año al que corresponda la Orden de la convocatoria, debiendo tener el niño o niña al menos 4 meses de edad a la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes y que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:

- Que en la unidad familiar trabajen ambos cónyuges.
- Que uno de los cónyuges trabaje y el otro se encuentre realizando cursos de formación oficial y/o reglada, con dedicación preferente.
- Que sean familias monoparentales en situación laboral activa o se encuentren realizando cursos de formación oficial y/o reglada, con dedicación preferente.
- Que la familia se encuentre en una situación sociofamiliar grave y debidamente justificada por los Servicios Sociales, las cuales supongan dificultades específicas para atender adecuadamente al menor y que hagan especialmente necesaria la asistencia de éste al Centro o Punto de Atención a la Infancia.

Documentos asociados

Boletín: 22/05/2007
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 116
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento