Subvenciones por daños en infraestructuras municipales y red viaria de las entidades locales previstas en el Real decreto ley 2/2017, de 27 de enero.
Código de ayuda:
S21019/19Norma:
ORDEN PRE/62/2019, de 3 de abril.Plazo de Solicitud:
A publicar en la correspondiente convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Estas bases tienen por objeto regular la línea de subvenciones previstas en el artículo 6 del Real decreto ley 2/2017, de 27 de enero, por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños causados por losepisodios de nevadas, lluvias, vientos y fenómenos costeros acontecidos entre el 15 y el 23 de enero de 2017, y se aplicarán a los términos municipales afectados por estas catástrofes naturales.
Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Presidencia (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de estas subvenciones es del 50% del coste de cada una de las obras subvencionadas para cadauna de las solicitudes que cumplan los requisitos de las bases reguladoras.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Tendrán la consideración de entidades beneficiarias los ayuntamientos, las diputaciones provinciales, lascomarcas y las mancomunidades afectados por los episodios de nevadas, lluvias, vientos y fenómenos costeros
acontecidos entre el 15 y el 23 de enero de 2017.
Requisitos:
a) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con la Agencia Tributaria de Cataluña, y de las obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social.b) Cumplir la normativa vigente reguladora de personas con discapacidad y su inclusión social.
c) Cumplir la normativa en materia de política lingüística, de acuerdo con la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.
d) Rendir cuentas de cada ejercicio directamente a la Sindicatura de Cuentas antes del 15 de octubre del año siguiente al del cierre del ejercicio, y que envía las auditorías y cualquier otro informe de fiscalización con las recomendaciones y reservas correspondientes, de acuerdo con lo que dispone el artículo 41.4 de la Ley 18/2010, del 7 de junio, de la Sindicatura de Cuentas.
Documentos asociados
Boletín:
08/04/2019
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7849
Documento: Bases Reguladoras 2019 Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7849
Documento: Bases Reguladoras 2019 Descargar Documento