Subvenciones por el que se procede a la aprobación de las bases reguladoras y a la convocatoria del programa de ayudas «Sakondu» 2023.

Código de ayuda:

S32082/23

Norma:

RESOLUCIÓN de 3 de julio de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 29 de septiembre de 2023, a las 15 hs.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El programa Sakondu, alineado con los objetivos del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno Vasco recogidos en el programa de Gobierno de la XII legislatura y en los instrumentos de planificación estratégica que lo desarrollan, tiene como objeto ayudar a las empresas altamente internacionalizadas a penetrar en mercados en los que tengan una incipiente actividad exportadora.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Exportación / Internacionalización
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

SPRI. Agencia vasca de desarrollo empresarial (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias del programa las pequeñas y medianas empresas (PYMEs) con personalidad jurídica propia, radicadas o con instalaciones productivas en la Comunidad Autónoma del País Vasco que se hayan constituido con anterioridad a esta convocatoria, cuya actividad exportadora sea superior al 50 % de su facturación total y que desean mejorar su posición competitiva en mercados cuya facturación es menor al 25 % del total exportado en el 2022.

También podrán ser beneficiarias las empresas emergentes (startups) que cumplan con las características establecidas en el artículo 3 de la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes. Sin perjuicio de lo señalado, se otorgará similar tratamiento que el otorgado en estas bases a las empresas emergentes, a aquellas empresas constituidas con posterioridad al 31 de diciembre del 2013, y que cumplan con el resto de características del citado artículo 3 de la Ley 28/2022. En cualquier caso, las empresas descritas en el presente apartado deberán asimismo ser PYMEs para resultar beneficiarias del Programa.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

En el marco del programa Sakondu las acciones de las empresas que son susceptibles de apoyo se dividen en:

a) Acciones de promoción y adecuación de las empresas para la internacionalización.

b) Acciones soportadas en consultoría operacional o estratégica para facilitar la introducción y la operativa en los mercados de interés.

Serán objeto de ayuda las acciones efectuadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023.

Documentos asociados

Boletín: 19/07/2023
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 137
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento