Subvenciones por la Agencia Andaluza de Cooperacion Internacional para el Desarrollo a las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo que realicen intervenciones de Cooperacion Internacional para el Desarrollo - Convocatoria 2010.
Código de ayuda:
S45628/10Norma:
ORDEN de 7 de julio de 2010. ORDEN de 20 de mayo de 2011. Orden de 17 de diciembre de 2010.Plazo de Solicitud:
Hasta el 30 de junio de 2011.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Las intervenciones que se incardinen en el PACODE y en los Programas Operativos vigentes aprobados por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, entendiéndose a los efectos de esta Orden por:a) Proyecto: Conjunto de actividades y recursos enfocados al logro de un objetivo general, concretado en un objetivo específico, y orientado hacia una población destinataria en un país o en Andalucía, con una duración establecida, no mayor de 24 meses, y financiado con un único desembolso.
b) Programa: conjunto de intervenciones enfocadas hacia el logro de objetivos específicos que se complementan para la consecución de un objetivo general, orientadas hacia una población destinataria en un país o en Andalucía, con una duración establecida, no mayor de 48 meses, y con financiación plurianual.
c) Actuaciones de acción humanitaria de emergencia: actuaciones inmediatas de respuesta ante desastres de origen natural o humano encaminados a aliviar el sufrimiento, satisfacer las necesidades básicas y garantizar la protección de la población damnificada, priorizando entre ésta a las personas en situación de mayor vulnerabilidad. Las intervenciones podrán incorporar actividades testimoniales sobre la situación de las personas afectadas por el desastre.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Presidencia (Andalucía)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
- La subvención máxima que se concederá a los proyectos será:a) Para cada proyecto de cooperación internacional para el desarrollo o de acción humanitaria, la cuantía máxima será de trescientos mil euros (300.000 €) por proyecto, con el límite máximo del 80% del presupuesto validado por la AACID.
b) Para cada proyecto de educación para el desarrollo, la cuantía máxima será de ochenta mil euros (80.000 €) por proyecto, con el límite máximo del 80% del presupuesto validado por la AACID.
c) Para cada proyecto de formación y/o investigación, la cuantía máxima será de setenta mil euros (70.000 €) por proyecto, con el límite máximo del 80% del presupuesto validado por la AACID.
- La subvención máxima que se concederá a los programas será de:
a) Por programas de cooperación internacional para el desarrollo, la cuantía máxima será de dos millones cien mil euros (2.100.000 €).
b) Por programas de acción humanitaria, la cuantía máxima será de un millón doscientos mil euros (1.200.000 €).
c) Por programas de educación para el desarrollo, la cuantía máxima será de trescientos ochenta mil euros (380.000 €).
d) Por programas de formación y/o investigación, la cuantía máxima será de tres cientos veinte mil euros (320.000 €).
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las ONGD que cumplan los requisitos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
- Proyectos de cooperación internacional para el desarrollo.- Proyectos de acción humanitaria.
- Proyectos de educación para el desarrollo.
- Proyectos de formación y/o investigación.
- Programas que tengan por finalidad intervenir en la generación de procesos de desarrollo, de acción humanitaria, de educación para el desarrollo y de formación y/o investigación, conforme a las prioridades definidas en el PACODE.
Requisitos:
a) Estar inscritas en el Registro de Agentes de la Cooperación Internacional para el Desarrollo en Andalucía.b) Acreditar que disponen de sede social o delegación permanente en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía con un mínimo de 2 años de antelación a la fecha en la que se inicie el plazo de presentación de solicitudes del ejercicio presupuestario correspondiente.
c) Acreditar un mínimo de 50 personas socias por parte de las asociaciones y un mínimo de 50 personas colaboradoras por parte de las fundaciones, en ambos casos residentes en Andalucía.
d) Además, para el caso de proyectos de cooperación internacional para el desarrollo y en los de acción humanitaria en prevención y gestión de riesgos ante desastres y de rehabilitación y reconstrucción postdesastre, las ONGD deberán tener como contraparte a una o varias entidades sin ánimo de lucro, públicas o privadas, que estén legalmente constituidas e inscritas en los correspondientes Registros oficiales de sus países. En los proyectos de acción humanitaria para crisis crónicas y actuaciones de emergencias, las ONGD solicitantes podrán excepcionalmente desarrollar directamente la intervención sin necesidad de contraparte debiendo acreditar para ello, expresa y adecuadamente en el documento de formulación, su capacidad mediante recursos humanos y materiales.
e) Además para las actuaciones de acción humanitaria de emergencia, las ONGD deberán cumplir y acreditar, junto con la solicitud, los siguientes requisitos:
1.º Experiencia en actuaciones de emergencia similares.
2.º Capacidad operativa suficiente para la ejecución de la actuación en la zona.
3.º Especialización, experiencia y calidad contrastada en los sectores de actuación específicos propuestos.
4.º Conocimiento de la zona de intervención: Experiencia previa de trabajo y contar con medios humanos y materiales en la zona y/o con entidades socias con presencia en la zona.
Documentos asociados
Boletín:
20/07/2010
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 141
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 141
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
10/01/2011
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 05
Documento: Modificación Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 05
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín:
14/01/2011
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 09
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 09
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín:
31/05/2011
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 105
Documento: Modificación de plazo de solicitud. Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 105
Documento: Modificación de plazo de solicitud. Descargar Documento