Subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja destinadas a la promoción de la innovación empresarial, en régimen de concurrencia competitiva.
Código de ayuda:
S26373/24Norma:
Orden EIE/84/2024, de 28 de noviembre.Plazo de Solicitud:
A establecer en la correspondiente convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Las presentes bases reguladoras tienen por objeto regular las subvenciones destinadas a fomentar la innovación de las empresas riojanas, en régimen de concurrencia competitiva. Para ello, se pretende fomentar una serie de acciones que potencien la promoción e inversión en digitalización que permitan una gestión más óptima y/o avanzada, entre otras:a) Fomentar la identificación, el desarrollo y/o la implantación más óptima de las tecnologías, aplicaciones, modelos o sistemas de los disponibles en el mercado.
b) Fomentar el desarrollo o explotación de procesos, productos y servicios avanzados.
c) Fomentar las inversiones en estructuras de soporte y gestión como puedan ser las mejores tecnologías, infraestructuras TIC, sistemas o tecnologías de soporte, de producción, aplicaciones-sistemas de tecnologías industriales, de industria conectada 4.0, infraestructuras de I+D+i.
Las acciones descritas permitirán aumentar los niveles de digitalización, control, gestión, conectividad, integración, visibilidad, interoperabilidad, o inteligencia en todos los ámbitos, incluido el industrial.
Categorías Subvención
- Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
- Equipamientos informáticos y Tecnología
- Formación
- I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor
La Rioja
Convoca:
Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (La Rioja)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
a) Las empresas personas físicas o jurídicas válidamente constituidas que cuenten con establecimiento operativo en la Comunidad Autónoma de La Rioja, ejerzan la actividad económica para la que se solicita la ayuda en La Rioja, realicen las actuaciones subvencionadas, y no se encuentren expresamente excluidas en este artículo.b) Las organizaciones públicas o privadas, con centro de trabajo en La Rioja que presten servicios a las empresas.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Consultoría experta externa, comprendiendo servicios de asesoramiento, consultoría, asistencia, formación y coach necesario para el desarrollo de las actuaciones previstas.b) Elementos activos materiales e inmateriales, como puedan ser activos consistentes en programas informáticos, sistemas, hardware-redes, instalaciones, equipos, dispositivos, instrumental, líneas piloto, maquinaria, patentes, licencias, conocimientos técnicos u otros derechos de propiedad intelectual.
c) Otros gastos vinculados a la actuación subvencionable tales como materiales, formación y/o capacitación o gastos generales.
Documentos asociados
Boletín:
03/12/2024
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 238
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 238
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