Subvenciones por la Agencia de Desarrollo Economico de La Rioja destinadas al programa de apoyo a la innovacion de las pequeñas y medianas empresas (InnoEmpresa), en regimen de concurrencia competitiva.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S07673/11

Norma:

Orden 6/2011, de 11 de febrero. REAL DECRETO 1579/2006, de 22 de diciembre. Resolución de 17 de febrero de 2011. Logroño, 2 de marzo de 2011. Resolución de 26 de abril de 2011. Resolución de 21 de junio de 2011. Resolución de 6 de agosto de 2012. Resolución de 25 de febrero de 2013. Resolución de 13 de mayo de 2013. Resolución de 12 de julio de 2013.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 16 de septiembre de 2013.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la convocatoria de ayudas para el año 2013 de las bases reguladoras de concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja destinadas al programa de apoyo a la innovación de las pequeñas y medianas empresas (Innoempresa), en régimen de concurrencia competitiva.

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Consejería de Industria Innovación y Empleo (La Rioja)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La inversión mínima subvencionable en todas las líneas de ayudas será de 6.000 euros.

Consultar según tipo de actuación subvencionable.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Las empresas ubicadas en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Procede considerar empresa a toda entidad, independientemente de su forma jurídica (constituida con arreglo a derecho público o privado) o su naturaleza económica (con o sin ánimo de lucro), que realiza una actividad económica.

b) Los organismos intermedios.

A los efectos de las presentes bases reguladoras, se considerarán organismos intermedios:

- Las organizaciones públicas o privadas, sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia, que de forma habitual presten servicios de apoyo a la innovación y a la modernización en sus diversas formas a las pequeñas y medianas empresas (Pyme), y dispongan de recursos materiales y humanos para impulsar y orientar dichos proyectos innovadores.

- Las entidades con participación mayoritaria de capital público que presten de forma habitual servicios empresariales de apoyo a la innovación y la competitividad de las pequeñas y medianas empresas (Pyme), y promuevan proyectos que se ajusten a las medidas del anexo sin perseguir en dichos proyectos la obtención de beneficios.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Actuación 1. Apoyo a proyectos que impliquen la adopción de nuevos modelos empresariales que incidan en la mejora de las diferentes áreas de la empresa (programa 1).

- Actuación 2. Apoyo a la realización de diagnósticos de situación y elaboración e implantación de planes estratégicos (programa 1).

- Actuación 3. Apoyo a la incorporación de diseño de producto pudiendo incluir elementos de identidad gráfica, envase y embalaje y comunicación siempre que se encuentren asociados al nuevo producto (programa 1).

- Actuación 4. Realización de planes de mejora tecnológica mediante el asesoramiento a empresas a través de la utilización de centros tecnológicos, de otros centros de investigación y de consultoras técnicas especializadas para la implantación de soluciones específicas (programa 2).

- Actuación 5. Realización de proyectos de desarrollo tecnológico aplicado (programa 2).

- Actuación 6. Apoyo a la implantación, certificación tecnológica y certificación de acuerdo con las normas UNE 166.001 Proyectos de I+D+i y UNE 166.002 Sistemas de Gestión de la I+D+i (programa 2).

- Actuación 7. Apoyo a la implantación y certificación de sistemas de gestión medioambiental (Norma UNE-EN-ISO 14001), de sistemas de gestión de calidad (Norma UNE-EN-ISO 9001) cuando acompañe a la anterior, excelencia empresarial EFQM y sistemas de gestión de la seguridad de la información (Norma ISO 27001 o eventuales desarrollos posteriores) (programa 2).

- Actuación 8. Apoyo a proyectos presentados por grupos de empresas cuya actividad forma parte de la cadena de valor de un producto a través de la implantación conjunta de proyectos integrados de gestión logística, medioambiental o energética, y otros proyectos innovadores de implantación conjunta, como ingeniería concurrente o diseño distribuido, destinados a mejorar procesos y productos de empresas vinculadas por la cadena de valor (programa 3).

- Actuación 9. Identificación de necesidades tecnológicas, desarrollos de soluciones técnicas y organizativas comunes y utilización de servicios avanzados compartidos por grupos de pequeñas y medianas empresas (programa 3).

Requisitos:

- Las pequeñas y medianas empresas que resulten beneficiarias directas o indirectas de los proyectos presentados, deberán tener centro de trabajo con al menos una persona en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

- El beneficiario de la subvención deberá estar dado de alta en el impuesto de actividades económicas y hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la seguridad social en los términos previstos en la legislación estatal y autonómica así como en relación a los demás recursos de naturaleza pública cuya recaudación corresponda a la Comunidad Autónoma de La Rioja.

- En cuanto a la condición de beneficiario, los requisitos generales para obtener la misma, y las obligaciones del beneficiario, será de aplicación lo dispuesto en los artículos 11, 13 y 14 del Decreto 14/2006. En el caso de proyectos colectivos cada uno de los participantes adquiere la condición de beneficiario, a los efectos previstos en los artículos anteriormente citados.

- Asimismo, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18.3 del Decreto 14/2006, el beneficiario de la subvención deberá dar adecuada publicidad del carácter público de la financiación de los programas, actividades, inversiones o actuaciones subvencionables en la forma establecida en la normativa reglamentaria vigente sobre identidad corporativa de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Documentos asociados

Boletín: 02/02/1997
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 29
Documento: REAL DECRETO 1579/2006, de 22 de diciembre. Descargar Documento
Boletín: 16/02/2011
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 22
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 21/02/2011
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 24
Documento: Convocatoria 2011 Descargar Documento
Boletín: 11/03/2011
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 33
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 29/04/2011
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 55
Documento: Ampliación plazo presentación. Descargar Documento
Boletín: 27/06/2011
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 82
Documento: Ampliación de plazo. Descargar Documento
Boletín: 17/02/2012
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 21
Documento: Convocatoria 2012. Descargar Documento
Boletín: 22/02/2012
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 23
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 08/08/2012
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 97
Documento: Segunda Convocatoria 2012. Descargar Documento
Boletín: 27/02/2013
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 27
Documento: Convocatoria 2013. Descargar Documento
Boletín: 22/05/2013
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 63
Documento: Ampliación Plazo Presentación. Descargar Documento
Boletín: 24/07/2013
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 91
Documento: Ampliación Plazo Presentación. Descargar Documento