Subvenciones por la acreditación en una competencia idiomática del profesorado no universitario de centros docentes sostenidos con fondos públicos.- Convocatoria 2019.

Código de ayuda:

S21800/17

Norma:

Orden de 7 de marzo de 2016. Orden de 11 de mayo de 2017. Orden de 18 de mayo de 2018. Murcia, 29 de mayo de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de mayo de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente orden tiene por objeto convocar subvenciones por la superación y acreditación de una competencia idiomática que conlleve estar en posesión de una acreditación lingüística, al menos, del nivel B2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, del profesorado no universitario de centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Cultura, Juventud y Deportes (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las subvenciones se concederán hasta un importe máximo de 150.000,00 euros.

El importe de cada subvención será de 400 euros. En el caso de que con el crédito presupuestario con que está dotada esta convocatoria no sea posible conceder la totalidad de las ayudas, se concederá el máximo de ayudas posible hasta agotar dicho crédito. El criterio que se seguirá para su concesión será la antigüedad de ingreso como personal docente en un centro público o sostenido con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en cuyo caso, si los medios o recursos de los que dispone la Consejería de Educación, Juventud y Deportes no fueran suficientes para conocer dicha información, se podrá solicitar a los posibles concesionarios de la subvención, la presentación de Informe de Vida Laboral de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrá solicitar la subvención el personal docente que cumpla los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Disponer de una solicitud de subvención por acreditación de, al menos, un nivel B2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, del profesorado no universitario de centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, al amparo de la Orden de 13 de abril de 2016 de la Consejería de Educación y Universidades, que haya sido denegada por agotamiento del crédito presupuestario.

b) Estar en posesión de una acreditación de al menos, un nivel B2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas. Dicha superación y acreditación deberá haberse hecho efectiva en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2016 hasta 31 de diciembre del mismo año. Se concederán subvenciones exclusivamente por la acreditación de un nivel en el dominio de los idiomas inglés, francés o alemán.

Requisitos:

a) Formar parte del personal docente no universitario de centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

b) Encontrarse en situación de servicio activo en los centros especificados en el apartado anterior, a fecha de solicitud.

Se exceptúa del requisito anterior a quienes no encontrándose en servicio activo en centro docente alguno, reúnan las siguientes condiciones:

- Personal docente que, sin haber sido excluido de las listas de interinos de la Consejería competente en educación, haya prestado servicios efectivos como funcionario interino, al menos, durante un total de 30 días desde el inicio del curso escolar correspondiente y la fecha de finalización de la solicitud de la correspondiente convocatoria.

- Personal docente de centros concertados de la Región de Murcia con prestación de servicio efectivo de, al menos, un total de 30 días desde el inicio del curso escolar correspondiente y la fecha de finalización de la solicitud de la correspondiente convocatoria.

c) Estar en posesión de una acreditación lingüística por haber superado, al menos, el nivel B2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.

d) No ser docente perteneciente a la especialidad de idiomas inglés, francés o alemán.

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