Subvenciones previstas en el Plan de Consolidación y Competitividad de la Pequeña y Mediana Empresa.
Código de ayuda:
S26755/05Norma:
ORDEN de 4 de mayo de 2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 10/06/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar para el año 2005, en régimen de concurrencia competitiva, el procedimiento deconcesión de las subvenciones previstas en el Plan de Consolidación y Competitividad de la Pequeña y Mediana Empresa, destinadas al desarrollo y mejora de la competitividad de las PYME y Organismos Intermedios que actúen a favor de las mismas en los sectores servicios, comercio, industria y construcción.Categorías Subvención
- Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
- Equipamientos informáticos y Tecnología
- Inversiones Materiales y Equipos
- Recursos Humanos
Localización del organismo gestor
Canarias
Convoca:
Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad (Canarias)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Los organismos intermedios y pequeñas y medianas empresas, pertenecientes a sectores de actividad incentivables indicadosen la base quinta, que desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Inversiones materiales o inmateriales que no tengan el carácter de reposición, incluyendo equipamiento informático y excluyendo la adquisición y acondicionamiento de inmuebles, los gastos de mobiliario, el equipamiento de oficina y los medios de transporte2. Gastos de personal técnico interno.
3. Colaboraciones externas, tales como gastos externos de consultoría y otros servicios relacionados con el proyecto, prestados por entidades externas al beneficiario.
4. Viajes interurbanos y alojamiento necesarios para la realización del proyecto efectuados por el personal del organismo intermedio.
5. Gastos indirectos.
6. Tributos efectivamente abonados por el beneficiario dentro del plazo fijado en la convocatoria para realizar los pagos, no susceptibles de recuperación o compensación.
Documentos asociados
Boletín:
20/05/2005
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 98
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 98
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
23/05/2005
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 100
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 100
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento
Boletín:
07/07/2005
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 132
Documento: Corrección de Anexo XIV Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 132
Documento: Corrección de Anexo XIV Descargar Documento
Boletín:
07/07/2005
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 132
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 132
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento