Subvenciones públicas 2024, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a profesionales y empresas para la ejecución de proyectos culturales y acciones de formación y movilidad.

Código de ayuda:

S10237/24

Norma:

Resolución de 15 de mayo de 2024. Resolución de 29 de junio de 2022. Resolución de 30 de diciembre de 2024.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 19 de febrero de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente convocatoria tiene por objeto por objeto la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas económicas a empresas y autónomos, que tengan, durante al menos los seis meses inmediatamente anteriores a la convocatoria, su domicilio fiscal en el Principado de Asturias y que promuevan de manera continuada actividades o acciones artísticas y culturales en los términos que se recogen en las líneas específicas de subvenciones de cada una de las modalidades.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones
  • Formación

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Cultura, Política Lingüística y Deporte (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de cada línea de subvención, será la expresada a continuación
Línea 1.—166.000 euros
Línea 2.—110.000 euros
Línea 3.—200.000 euros
Línea 4.—450.000 euros
Línea 5.—130.000 euros
Línea 6.—90.000 euros
Línea 7.—40.000 euros

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrá solicitar estas subvenciones cualquier persona física o persona jurídica que tenga la condición de empresa o profesional con domicilio fiscal en el Principado de Asturias y que desarrolle principalmente su actividad en esta Comunidad autónoma.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se admitirá como gasto subvencionable el derivado de alquileres o locales necesarios para el desarrollo del proyecto para el que se solicita ayuda.

Los gastos financieros, los gastos de asesoría jurídica o financiera, los gastos notariales y registrales y los gastos periciales para la realización del proyecto subvencionado y los de administración específicos podrán ser subvencionables si están directamente relacionados con la actividad subvencionada, y si son indispensables para la adecuada preparación y ejecución de la misma, con un máximo de un 20% de la cuantía subvencionada.

Documentos asociados

Boletín: 29/06/2022
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 129
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Boletín: 24/05/2024
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