Subvenciones públicas a entidades sin ánimo de lucro, destinadas a financiar la realización de actividades y proyectos ambientales en la Comunidad de Madrid.

Código de ayuda:

S17455/24

Norma:

ORDEN 2429/2024, de 11 de julio. Orden 2975/2024, de 4 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 18 de septiembre de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Constituye el objeto de la presente Orden el establecimiento de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas por parte de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, para la realización de las actividades y proyectos ambientales en la Comunidad de Madrid relacionados en el artículo 2 de las presentes bases.

Las subvenciones reguladas por estas bases tienen como finalidad fomentar y promover la realización de actividades y proyectos por entidades sin ánimo de lucro que favorezcan la conservación, defensa y recuperación del patrimonio natural de la región, priorizando: la preservación de la biodiversidad, especialmente de las especies catalogadas; la conservación y mejora de los espacios naturales protegidos, preferentemente de los hábitats de interés comunitario, de los humedales y del territorio incluido en la Red Natura 2000; y el fomento, asimismo, del uso público sostenible en dichos espacios protegidos. Todo ello teniendo en cuenta los criterios de sostenibilidad y de adaptación al cambio climático, en consonancia con la Estrategia de Energía, Clima y Aire de la Comunidad de Madrid 2023-2030.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Desarrollo Rural
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura, e Interior. (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones, en los términos que se señalen en la correspondiente Orden de convocatoria, las entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas que cumplan los siguientes requisitos:

— Estar debidamente inscritas en los registros oficiales de acuerdo con la normativa legal que resulte de aplicación.

— Que el tipo de actividad subvencionable para la que se solicita la subvención se encuentre entre los fines estatutarios de la entidad.

— Acreditar su experiencia en la realización de actividades o proyectos medioambientales que guarden relación directa con el objeto y finalidad señalados en el artículo 1 de las presentes bases, así como con la temática del proyecto presentado.

— La entidad beneficiaria deberá tener como ámbito territorial de actuación la Comunidad de Madrid.

No podrán ser beneficiarias de estas ayudas aquellas entidades sin ánimo de lucro en las que concurra alguna de las circunstancias recogidas en los apartados 2, 3 y 3 bis del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Tampoco podrán serlo la Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, las Entidades que integran la Administración Local, ni los entes públicos o las sociedades mercantiles dependientes de las mismas.

Documentos asociados

Boletín: 26/07/2024
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 177
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Boletín: 04/09/2024
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 211
Documento: Convocatoria 2024 Descargar Documento
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BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 211
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