Subvenciones públicas a los beneficiarios de los Centros de Acogida a Refugiados integrados en la Red de Centros de Migraciones del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
Código de ayuda:
S22591/06Norma:
REAL DECRETO 865/2006, de 14 de julio.Plazo de Solicitud:
Abierto.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular la concesión directa de subvenciones públicas a los beneficiarios de los centros de acogida a refugiados (CAR), regulados por la Orden del Ministerio de Asuntos Sociales, de 13 de enero de 1989, y que están integrados en la red de centros de migraciones del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.Permitir a los beneficiarios de estos centros resolver las necesidades personales y familiares más perentorias y de desarrollo normal de la vida diaria, así como facilitarles los medios adecuados para procurar su mayor autonomía personal y su futura integración social.
Categorías Subvención
- Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
- Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
España
Convoca:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ( España)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las personas que residan en los Centros de Acogida a Refugiados o bien se encuentren viviendo fuera deellos, pero siguiendo un programa de atención iniciado como residentes, siempre que carezcan de recursos económicos y que sus necesidades no tengan cobertura por parte de los servicios sociales generales de otras Administraciones públicas u organismos privados.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Gastos personales de primera necesidad y enseres de uso personal, transporte, adquisición de vestuario adecuado para adultos y niños, actividades educativas, formación en habilidades sociales y culturales,aprendizaje del idioma, formación ocupacional y reciclaje profesional, de ocio y tiempo libre, de guardería y otras complementarias de tipo educativo, así como ayudas para facilitar la autonomía de los beneficiarios a la salida del centro y otros de carácter extraordinario.
Documentos asociados
Boletín:
15/07/2006
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 168
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 168
Documento: Convocatoria Descargar Documento