Subvenciones públicas al desarrollo de acciones complementarias y de acompañamiento a la formación de trabajadores.

Código de ayuda:

S56591/05

Norma:

Resolución de 7 de diciembre de 2005. Bases en Orden TAS/2782/2004, de 30 de julio. Resolución de 19 de julio de 2006. Resolución de 21 de agosto de 2006. Resolución de 6 de agosto de 2007.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 24/09/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la convocatoria de subvenciones es el de regular la concesión en el ejercicio de 2007 de las subvenciones públicas por el Servicio Canario de Empleo, al desarrollo de acciones complementarias y de acompañamiento a la formación continua de trabajadores pertenecientes al ámbito territorial de toda la Comunidad Autónoma de Canarias y que se desarrollen a través de los proyectos solicitados por las empresas, organizaciones y entidades que se señalan en la presente Resolución.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Empleo y Asuntos Sociales (Canarias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

1. Las entidades solicitantes de la concesión de subvenciones públicas para el desarrollo de acciones complementarias y de acompañamiento a la formación continua, serán las empresas, entidades y organizaciones que, teniendo domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma de Canarias, se hallen inscritas en la Seguridad Social y acrediten documentalmente que su actividad económica u objeto social o fundacional tenga como finalidad desarrollar actividades tipificadas como acciones financiables o relacionadas con la formación continua según la normativa reguladora y tengan experiencia acreditada en el ejercicio de estudios, investigaciones y proyectos de esta naturaleza.

2. Aquellas entidades con plantillas inferiores a los diez trabajadores no podrán solicitar más de tres acciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las acciones financiables con arreglo a la presente convocatoria serán las siguientes:
1. Acciones de investigación de carácter sectorial tendentes a conocer la situación económico-empresarial,
ocupacional y formativa de un sector y su evolución, y la anticipación a los cambios que se producen en el sistema productivo y el análisis de sus repercusiones tanto en la competitividad de las empresas como en la cualificación de los trabajadores y en sus necesidades de formación.
2. Acciones de investigación y prospección de carácter transversal y multisectorial.
Estas acciones deberán dirigirse a materias o temáticas de naturaleza transversal o multisectorial, que dado su interés y relevancia para la formación continua, planteen la necesidad de contar al respecto con un
conocimiento más preciso y en mayor profundidad que el disponible en la actualidad.
Las propuestas deben incorporar en sus planteamientos elementos de innovación respecto a las investigaciones e información preexistentes.
3. Acciones para la estructuración y descripción de la formación continua impartida en un sector concreto de actividad de cara a determinar la relación existente entre la ocupación de un sector, las competencias
profesionales ejercidas en la empresa y la formación continua impartida en el sector.
Tendrán como objetivo la realización de estudios que analicen la relación existente entre las ocupaciones del sector, las competencias profesionales ejercidas en la empresa y la formación continua impartida, con la finalidad de identificar y describir las acciones formativas que den cobertura a las distintas formas organizativas y de división del trabajo del sector.
4. Acciones para la estructuración y descripción de la formación continua transversal.
Tendrán como objetivo la realización de estudios de ámbito autonómico que analicen el tratamiento de las competencias transversales en las clasificaciones profesionales de las empresas y la identificación y
descripción de las acciones y los contenidos que den cobertura a las necesidades del mercado laboral a nivel multisectorial.
5. Acciones piloto para la generalización del acceso de las Pymes a la Formación continua a través de teleformación.
Tendrán como objetivo prioritario el desarrollo de herramientas y metodologías del aprendizaje basadas en nuevas tecnologías de información y comunicación que extiendan la formación a los trabajadores de pequeñas y medianas empresas.
Se trata no sólo de incorporar nuevas tecnologías en las herramientas utilizadas en la impartición de las acciones formativas, sino de adaptar sus contenidos al medio específico que se va a utilizar para la transmisión de los conocimientos de forma que mejoren la calidad y eficiencia de los procesos formativos.
6. Acciones de evaluación de la formación continua.
Estas acciones irán destinadas a diseñar y elaborar metodologías y herramientas para realizar procesos de evaluación de la formación continua en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, desarrollando procedimientos y técnicas de evaluación que puedan ser aplicados por quienes gestionan la formación y participan en su desarrollo, a cualquier nivel, con el fin de mejorar su calidad.

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