Subvenciones publicas, dentro del programa denominado "Medidas anticrisis: subvenciones para formacion cualificante", dirigida a trabajadores desempleados que hayan agotado la prestacion contributiva o bien que habiendo cotizado no hayan generado derecho para acceder a ella y, ademas, sean susceptibles de percibir la Renta Basica.
Código de ayuda:
S57791/09Norma:
RESOLUCION 2472/2009, de 29 de julio.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 03/09/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
La financiación del programa "Medidas anticrisis: subvenciones para formación para el empleo", integrado por dos líneas de actuación, denominadas "Acciones de formación" y "Proyectos singulares", en los que podrán participar trabajadores en situación de desempleo inscritos en las agencias de empleo de la Comunidad Foral de Navarra, que hayan agotado las prestaciones contributivas o que no hayan cotizado lo suficiente para acceder a ellas y, además, sean susceptibles de percibir la renta básicaCategorías Subvención
- Audiovisual, Prensa y Publicaciones
- Empleo
- Formación
- Inversiones Materiales y Equipos
- Transporte
Localización del organismo gestor
Navarra
Convoca:
Servicio Navarro de Empleo (Navarra)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
–Subvenciones a la Entidades (RCSA 2039): 1.000.000 euros–Ayudas económicas a participantes (RCSA 2040): 750.000 euros
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Podrán solicitar la realización de las acciones de formación y proyectos singulares previstas en esta convocatoria las organizaciones empresariales y sindicales de carácter intersectorial más representativas, que reúnan los requisitos generales para ser beneficiarias que establece la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Costes directos de la actividad formativa:a) Las retribuciones de los formadores internos y externos, pudiéndose incluir salarios, seguros sociales, dietas y gastos de locomoción y, en
general, todos los costes imputables a los formadores en el ejercicio de las
actividades de preparación, impartición y evaluación de las acciones.
El importe máximo a subvencionar por preparación y evaluación, en su conjunto, no podrá exceder del 20% del importe acogible por impartición.
Estos gastos deberán presentarse debidamente desglosados por profesor y por horas dedicadas a la actividad que se imputen.
b) Los gastos de amortización de equipos didácticos, calculados con criterios de amortización aceptados en las normas de contabilidad, así como el alquiler o arrendamiento financiero de los mismos, excluidos sus intereses, soportados en la ejecución.
Estos gastos deberán presentarse debidamente desglosados por acción
formativa y se imputarán por el número de participantes que terminen en el caso de uso individual de los equipos; en otro caso, se imputarán por horas de utilización.
c) Gastos de medios didácticos y/o adquisición de materiales didácticos, así como los gastos en bienes consumibles utilizados en la realización del curso, utilizados por los formadores y por los participantes.
Estos gastos deberán presentarse debidamente desglosados por acción formativa y se imputarán por el número de participantes que terminen en el caso de uso individual de los equipos; en otro caso, se imputarán por horas de utilización.
d) Los gastos de alquiler, arrendamiento financiero, excluidos sus intereses, o amortización de las aulas, talleres y demás superficies utilizadas en el desarrollo del curso.
Estos gastos deberán presentarse debidamente desglosados por acción formativa y se imputarán por el periodo de duración de la acción.
e) Seguro de accidentes de los participantes.
Estos gastos deberán presentarse desglosados por acción formativa y su imputación se hará por el número de participantes.
2. Costes asociados de la actividad formativa:
a) Se considerarán costes financiables los de personal de apoyo tanto interno como externo y todos los necesarios para la gestión y ejecución de la acción.
b) Los gastos de publicidad para la organización y difusión de la acción.
c) Otros costes: Luz, agua, calefacción, mensajería, correo, limpieza,
vigilancia y otros costes, no especificados anteriormente, asociados
a la acción.
Documentos asociados
Boletín:
14/08/2009
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 100
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos. Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 100
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos. Descargar Documento