Subvenciones públicas destinadas a fomentar la contratación temporal de personas desempleadas, en el ámbito de la colaboración con entidades privadas sin ánimo de lucro, para la prestación de servicios de interés general y social, en la Comunidad de Castilla y León, para el año 2024.

Código de ayuda:

S24391/24

Norma:

Resolución de 8 de noviembre de 2024. ORDEN IEM/1059/2024, de 18 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 27 de noviembre de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el año 2024, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones públicas, en colaboración con entidades privadas con personalidad jurídica propia sin ánimo de lucro, con la finalidad de fomentar la contratación temporal de personas desempleadas para la prestación de servicios de interés general y social.




Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo
  • Formación
  • Juventud
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Industria, Comercio y Empleo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las cuantías máximas mensuales correspondientes a cada grupo de cotización de las personas contratadas, serán las siguientes:

A. Por cada persona trabajadora contratada en los grupos de cotización a la Seguridad Social 1 y 2, ambos inclusive: 2.770,83 euros/mes.

B. Por cada persona trabajadora contratada en los grupos de cotización a la Seguridad Social 3 al 7, ambos inclusive: 2.216,67 euros/mes.

C. Por cada persona trabajadora contratada en los grupos de cotización a la Seguridad Social 8 al 11, ambos inclusive: 1.833,33 euros/mes

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

1.- Podrán obtener la condición de entidades beneficiarias de esta subvención, las entidades privadas con personalidad jurídica propia sin ánimo de lucro, que reúnan los siguientes requisitos:

a) Que se obliguen a la contratación de personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo, no ocupadas, en el Servicio Público de Empleo, con las condiciones que se determinan en el Resuelvo Décimo de esta resolución de convocatoria, para la prestación de servicios calificados de interés general y social.

b) Tener la capacidad técnica y de gestión suficientes para la ejecución del correspondiente proyecto, contando con una asignación presupuestaria suficiente para hacerse cargo de las partidas presupuestarias que, en su caso, no estén subvencionadas por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, para la realización del servicio de que se trate.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Las subvenciones a otorgar se destinarán a la financiación de los costes salariales, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social por todos los conceptos, de las personas destinatarias de la contratación para la ejecución de las obras y servicios de interés general y social.

2. No se subvencionarán dietas, gastos de locomoción o traslado, paga de vacaciones no disfrutadas, horas extraordinarias, indemnizaciones de cualquier naturaleza o complementos por los gastos realizados como consecuencia de la actividad y, en general, cualquier otro coste extrasalarial.

3. Cuando se concierte el contrato de duración determinada para la sustitución de persona trabajadora con derecho a reserva de puesto de trabajo a que se refiere el punto 5 de la Base 7ª, solamente se subvencionarán los costes salariales correspondientes a la persona sustituta, pero no los correspondientes a la sustituida. La entidad beneficiaria de la subvención deberá hacerse cargo de los sobrecostes que estas sustituciones comporten.

4. Con cargo a esta línea de subvención únicamente podrán financiarse los costes salariales de una misma persona por un período no superior al máximo subvencionado, ya sea contratada por una o por varias de las entidades beneficiarias.

Requisitos:

a) Que se obliguen a la contratación de personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo, no ocupadas, en el Servicio Público de Empleo, con las condiciones que se determinan en el Resuelvo Décimo de esta resolución de convocatoria, para la prestación de servicios calificados de interés general y social.

b) Tener la capacidad técnica y de gestión suficientes para la ejecución del correspondiente proyecto, contando con una asignación presupuestaria suficiente para hacerse cargo de las partidas presupuestarias que, en su caso, no estén subvencionadas por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, para la realización del servicio de que se trate.

Documentos asociados

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BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 209
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Boletín: 13/11/2024
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 221
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 13/11/2024
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 221
Documento: Convocatoria 2024 (Completa) Descargar Documento