Subvenciones publicas destinadas a la concesion de incentivos mineros a empresas de mineria no energetica para los programas de exploracion geologico-minera y seguridad minera para el año 2009.
Código de ayuda:
S41191/08Norma:
ORDEN EYE/850/2008, de 26 de mayo. ORDEN EYE/1160/2009, de 21 de mayo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 11/06/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
Financiar actuaciones de exploración geológico-minera en materia de minería no energética que se desarrollen en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.Categorías Subvención
- Arqueología y Minería
- Prevención Riesgos Laborales
Localización del organismo gestor
Castilla y León
Convoca:
Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las Pequeñas y Medianas empresas mineras (PYMES), tengan por objeto promover y desarrollar el aprovechamiento de materias primas minerales, excluido el carbón.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
- Las inversiones en trabajos de exploración geológico-minera así como los gastos derivados de la contratación con otras empresas especializadas en trabajos de exploración geológicominera que se ejecuten desde el 1 de enero de 2009 al 15 de octubre de 2009, ambos incluidos, dirigidos a localizar y evaluar recursos minerales susceptibles de explotación económicamente viable, o al aumento y selección de reservas.- Los gastos de inversión adicionales en terrenos, edificios, instalaciones y bienes de equipo necesarios para la realización de las actividades de exploración geológico-minera, excluido el Impuesto Sobre el Valor Añadido (IVA).
- Los gastos derivados de la contratación con otras empresas especializadas, para la realización de actividades de exploración geológico-minera, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). El beneficiario podrá subcontratar hasta un porcentaje que no exceda del 50% del importe de la actividad subvencionada.
Documentos asociados
Boletín:
02/06/2008
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 104
Documento: Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 104
Documento: Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
27/05/2009
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 98
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
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