Subvenciones públicas destinadas a la realización de acciones complementarias y de acompañamiento a la Formación Continua.
Código de ayuda:
S42173/05Norma:
ORDEN de 15 de julio de 2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 10/09/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
La convocatoria de subvenciones destinadas a la realización de acciones complementarias y de acompañamiento a la formación, para el ejercicio 2005, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de acuerdo con las bases reguladoras contenidas en la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales 2782/2004, de 30 de julio y con lo previsto en el Reglamento por el que se regulan los Procedimientos para la Concesión de Subvenciones y Ayudas Públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos y su Régimen Jurídico, aprobado por Decreto 254/2001, de 20 de noviembre.Los proyectos objeto de financiación en esta convocatoria, tendrán como finalidad el desarrollo de acciones de investigación, de estudios de carácter multisectorial, de productos y herramientas innovadores relacionados con la formación continua y de acciones de evaluación de la misma.
Categorías Subvención
- Formación
Localización del organismo gestor
Andalucía
Convoca:
Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo (Andalucía)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las empresas, entidades u organizaciones que se encuentren inscritas en el registro correspondiente y de alta en la Seguridad Social, que incluyan entre sus fines el desarrollo de actividades relacionadas con la formación continua, y tengan experiencia acreditada en el ejercicio de estudios, investigaciones o proyectos de naturaleza similar a los incluidos en esta Orden.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Acciones de estudio e investigación.Estas acciones deberán dirigirse a analizar los factores que estructuran la demanda de formación continua en materias o temáticas de naturaleza transversal y multisectorial, con el fin de adaptarse a los cambios en las cualificaciones profesionales derivados del progreso técnico y de la organización del trabajo, así como profundizar en el conocimiento de los problemas y necesidades específicas de formación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
2. Acciones destinadas a la elaboración y experimentación de productos, técnicas o herramientas de carácter innovador para mejorar los sistemas pedagógicos u organizativos de la formación continua.
3. Acciones de evaluación de la formación continua.
Estas acciones irán destinadas a diseñar y elaborar metodologías y herramientas para realizar procesos de evaluación de la formación continua en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, desarrollando procedimientos y técnicas de evaluación que puedan ser aplicados por quienes gestionan la formación y participan en su desarrollo, a cualquier nivel, para mejorar su calidad.
Documentos asociados
Boletín:
16/08/2004
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 197
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 197
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
01/08/2005
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 148
Documento: Convocatoria 2005-06 y Anexos Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 148
Documento: Convocatoria 2005-06 y Anexos Descargar Documento