Subvenciones publicas destinadas al fomento del empleo protegido para personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo y enclaves laborales para el ejercicio 2009.
Código de ayuda:
S06619/09Norma:
ORDEN de 30 de diciembre de 2008.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 02/03/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer un programa de ayudas destinadas a promover y facilitar la integración laboral de personas con discapacidad en el ámbito de la Comunidad Valenciana.Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Discapacidad / Personas con discapacidad
- Empleo
- Formación
Localización del organismo gestor
Comunidad Valenciana
Convoca:
Consellería de Economía, Hacienda y Empleo (Comunidad Valenciana)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Los titulares de los Centros Especiales de Empleo cuya actividad se realice en la Comunidad Valenciana.Empresas colaboradoras.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Las ayudas previstas en la presente orden irán destinadas a:A. Ayudas a Centros Especiales de Empleo:
a) Proyectos de creación de empleo estable.
b) Mantenimiento de puestos de trabajo.
c) Unidades de apoyo a la actividad profesional
d) Proyectos de inserción a través de CEE+ I
B. Contratación de trabajadores con discapacidad por empresas ordinarias:
a) Programa de apoyo a la contratación indefinida a través de enclaves laborales.
2. Las ayudas que se concedan al amparo de la presente orden tendrán la consideración de subvenciones públicas, y se regirán en lo no dispuesto por la misma, por la normativa a que hace referencia la disposición adicional cuarta de la presente orden.
Requisitos:
No podrán obtener la condición de beneficiarios de las subvenciones reguladas en la presente orden las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, salvo que por la naturaleza de la subvención se exceptúe por su normativa reguladora, ni las empresas en crisis o las empresas que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.Documentos asociados
Boletín:
30/01/2009
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5944
Documento: Convocatoria 2009 y Bases Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5944
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