Subvenciones públicas dirigidas a la formación en materia de prevención de riesgos laborales y al desarrollo de medidas que tengan por objeto la seguridad y salud laboral. - Convocatoria 2010.
Código de ayuda:
S75346/09Norma:
ORDEN EYE/2286/2009, de 9 de diciembre. ORDEN EYE/2365/2009, de 23 de diciembre.Plazo de Solicitud:
El plazo sera de 30 días naturales siguientes a la finalización de la acción formativa sin sobrepasar el día 30/09/2010.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Fomentar la formación en materia de prevención de riesgos laborales y el desarrollo de medidas que tengan por objeto la seguridad y salud laboral, con arreglo a los siguientes Programas:• Programa I, que comprende acciones formativas en materia de prevención de riesgos laborales (cursos).
• Programa II, que comprende acciones de desarrollo de medidas que tengan por objeto la seguridad y salud laboral.
Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Corporaciones Locales
- Prevención Riesgos Laborales
- Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
Castilla y León
Convoca:
Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Consultar la base quinta del artículo 2 de las presentes bases.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Consultar artículo 2 de las presentes bases.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Consultar artículo 3 de las presentes bases.Requisitos:
– Los alumnos deberán estar empadronados necesariamente en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León y deberán poseer la titulación correspondiente y demás requisitos alinicio de la acción formativa.
– En cada acción formativa únicamente se admitirán alumnos que no hayan realizado esa misma acción (u otra de nivel superior) con anterioridad. A tal efecto, el alumno deberá cumplimentar una declaración jurada que figurará en la convocatoria correspondiente.
Documentos asociados
Boletín:
18/12/2009
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 242
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 242
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
31/12/2009
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 251
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 251
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento