Subvenciones publicas en materia de formacion de oferta, correspondientes al ejercicio 2013, destinadas a la realizacion de Planes Formativos Intersectoriales dirigidos prioritariamente a trabajadores ocupados, en el ambito de la Comunidad Autonoma de Extremadura.
Código de ayuda:
S26573/13Norma:
ORDEN de 24 de junio de 2013.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/07/2013Finalidad u objetivo de la ayuda:
Aprobar la convocatoria, correspondiente al ejercicio 2013, de subvenciones destinadas a financiar la realización de Planes formativos intersectoriales dirigidos prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas, al amparo del Decreto 168/2012, de 17 de agosto, por el que se regula la gestión de la formación profesional para el empleo, en materia de formación de oferta, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.Categorías Subvención
- Empleo
- Formación
Localización del organismo gestor
Extremadura
Convoca:
Consejería de Empleo, Empresa e Innovación. (Extremadura)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima de subvención a conceder por cada acción formativa con compromiso de contratación se determinará mediante el producto del número de horas de la misma por el número de alumnos y por el importe del módulo económico correspondiente a la especialidad formativa, con los importes máximos establecidos en el Anexo I del Decreto 168/2012, de 17 de agosto.Con cargo a la subvención concedida se financiarán los gastos del informe de auditoría, siendo subvencionable el coste real justificado, con el importe máximo por acción formativa que resulte de aplicar los siguientes criterios, según lo establecido en el Anexo II del Decreto 168/2012, de 17 de agosto:
a) Acciones formativas de duración menor o igual a 200 horas hasta 400 euros.
b) Acciones formativas de duración mayor a 200 horas hasta el importe en euros resultante de la aplicación de la fórmula: 400 + (n.º horas acción formativa - 200) x 1,05.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
a) Para los Planes de formación intersectoriales, las organizaciones empresariales y sindicales más representativas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma deExtremadura.
Aquellas organizaciones sindicales que aún no teniendo la consideración de más representativas
en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura pero hayan obtenido en dicho ámbito territorial el 10 % o más de delegados de personal y miembros de comité de empresa y de los correspondientes órganos de las Administraciones Públicas, podrán ser beneficiarias de estas subvenciones siempre que su ámbito funcional se extienda a más de un sector, conforme a lo previsto en el apartado d) de este artículo, y las acciones de formación contenidas en el plan intersectorial estén limitadas a dicho ámbito funcional y territorial. En ningún caso estas organizaciones sindicales podrán ser beneficiarias de subvenciones destinadas a la financiación de planes de formación intersectoriales en cuantía proporcionalmente superior a la representatividad que ostenten en la Comunidad Autónoma de Extremadura, medida en función
de los resultados obtenidos en las últimas elecciones sindicales a fecha de publicación de la convocatoria. Dicho límite en la cuantía se calculará aplicando el porcentaje de la representatividad al importe convocado para este tipo de planes.
b) Para los planes intersectoriales específicos para el colectivo de trabajadores y socios de la economía social, siempre que aporten actividad económica, las confederaciones y federaciones de cooperativas y/o sociedades laborales y las organizaciones representativas
de la economía social de carácter intersectorial, todas ellas con suficiente implantación en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
c) Para la ejecución de planes de formación intersectoriales dirigidos específicamente al
colectivo de autónomos, las asociaciones representativas de autónomos de carácter intersectorial, así como las organizaciones contempladas en el artículo 21.5 de la Ley
20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo. En todo caso, tendrán prioridad las asociaciones representativas de autónomos que tengan mayor implantación en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La realización de Planes formativos intersectoriales dirigidos prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas.Documentos asociados
Boletín:
10/07/2013
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 132
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 132
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
23/08/2013
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 163
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 163
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento