Subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de planes de formación dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Código de ayuda:
S24428/23Norma:
Resolución de 8 de mayo de 2023. Orden de 5 de mayo de 2021. Resolución de 12 de julio de 2024.Plazo de Solicitud:
Del 15 de agosto al 14 de septiembre de 2024 ambos inclusive.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Las subvenciones convocadas tienen como finalidad la mejora de la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva de personas vinculadas con organizaciones sindicales y asociaciones empresariales mediante el desarrollo de planes de formación que incluyan actividades formativas dirigidas a estos fines, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.Se convocan para el año 2024 subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la financiación de planes de formación de ámbito andaluz, dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva, de acuerdo con la Orden de 5 de mayo de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de planes de formación dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía (en adelante, bases reguladoras).
Categorías Subvención
- Cooperación empresarial
- Formación
- Recursos Humanos
Localización del organismo gestor
Andalucía
Convoca:
Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo (Andalucía)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
Detalle beneficiarios:
Podrán participar en la presente convocatoria y resultar beneficiarias de las subvenciones, las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Planes de formación integrados por actividades formativas dirigidas a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social de la Comunidad Autónoma de Andalucía y la negociación colectiva, promovidos por las organizaciones sindicales o empresariales. Las actividades formativas podrán ser:1.º Acciones formativas cuyo contenido esté relacionado con el diálogo social y la negociación colectiva.
2.º Jornadas, seminarios y ciclos de conferencias, cuyo contenido verse sobre las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva.
3.º Encuentros internacionales que cuenten con expertos de otras nacionalidades para tener un intercambio de información sobre el diálogo social y la negociación colectiva en distintos países.
4.º Paneles, foros y talleres de expertos que compartan información sobre buenas prácticas en diálogo social y negociación colectiva de los distintos sectores.
b) Planes de formación integrados por actividades formativas dirigidas a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con la negociación colectiva, promovidos por las organizaciones sindicales o asociaciones empresariales de ámbito andaluz. Las actividades formativas podrán ser:
1.º Acciones formativas cuyo contenido esté relacionado con la negociación colectiva.
2.º Jornadas, seminarios y ciclos de conferencias, cuyo contenido verse sobre las funciones relacionadas con la negociación colectiva.
3.º Encuentros internacionales que cuenten con expertos de otras nacionalidades para tener un intercambio de información sobre la negociación colectiva en distintos países.
4.º Paneles, foros y talleres de expertos que compartan información sobre buenas prácticas en negociación colectiva de los distintos sectores.
2. Las actividades formativas, tales como acciones formativas, jornadas, seminarios, talleres u otras similares, de conformidad con lo establecido en el artículo 4.3 de las bases reguladoras, podrán impartirse en modalidad presencial mediante aula física o virtual, en modalidad teleformación o en modalidad mixta de las anteriores.
Las acciones formativas en modalidad presencial o la parte presencial de la modalidad mixta, se podrán impartir, en todo o en parte, mediante aula virtual que posibilite la participación simultánea en la actividad formativa de personas usuarias ubicadas tanto dentro como fuera del aula. Considerándose este supuesto, en todo caso, impartición de actividad formativa en modalidad presencial.
Documentos asociados
Boletín:
10/05/2021
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 87
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
15/05/2023
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 90
Documento: Convocatoria 2023 y Anexos Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2023 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
15/05/2023
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 90
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento
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Boletín:
18/07/2024
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 139
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18/07/2024
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 139
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento
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