Subvenciones públicas, en régimen de concurrencia no competitiva, para el fomento del empleo de personas con discapacidad en centros especiales de empleo y en el mercado ordinario de trabajo.- Convocatoria 2024.

Código de ayuda:

S14282/24

Norma:

Orden de 21 de junio de 2024. Resolución de 23 de julio de 2024.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 26 de agosto de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Mediante la presente orden se aprueban las bases reguladoras de los incentivos públicos para el fomento del empleo de personas con discapacidad, en régimen de concurrencia no competitiva, en centros especiales de empleo y en el mercado ordinario de trabajo.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo (Andalucía)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en el artículo 1.2 los centros especiales de empleo calificados e inscritos en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad Autónoma de Andalucía dentro del periodo subvencionado, y que hayan mantenido su calificación con carácter previo a la resolución de concesión de la subvención

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Dentro del programa de inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo protegido, se establecen las siguientes líneas de subvenciones dirigidas a los centros especiales de empleo:

a) Línea 1. Subvención a la inversión fija vinculada a la creación de empleo indefinido de personas con discapacidad en centros especiales de empleo.

b) Línea 2. Subvención al mantenimiento de los puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad en centros especiales de empleo.

c) Línea 3. Subvención a la adaptación de puestos de trabajo y la eliminación de barreras arquitectónicas en centros especiales de empleo.

d) Línea 4. Subvención para financiar las unidades de apoyo en centros especiales de empleo.

- Dentro del programa de inserción laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo se establecen las siguientes líneas de subvenciones:

a) Línea 5. Subvención a la creación de empleo indefinido de personas con discapacidad en empresas del mercado ordinario de trabajo.

b) Línea 6. Subvención a la eliminación de barreras arquitectónicas y adaptación de puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad en empresas del mercado ordinario de trabajo.

Documentos asociados

Boletín: 27/06/2024
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 124
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 26/07/2024
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 145
Documento: Convocatoria 2024 (Completa) Descargar Documento
Boletín: 26/07/2024
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 145
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento