Subvenciones públicas para la ejecución de programas de formación de ámbito estatal, dirigidos prioritariamente a las personas ocupadas.

Código de ayuda:

S18764/24

Norma:

Resolución de 6 de agosto de 2024.

Plazo de Solicitud:

Primer Plazo: hasta el 24 de septiembre de 2024. Segundo plazo: hasta el 28 de octubre de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las subvenciones tendrán como finalidad la financiación de programas de formación destinados a personas trabajadoras ocupadas, orientados a la adquisición y mejora de competencias profesionales. La concesión de las subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, respetando los principios de objetividad, igualdad, transparencia y publicidad.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Formación
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Trabajo y Economía Social ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

a) Las entidades de formación, públicas o privadas, inscritas en el Registro correspondiente, con presencia en más de una Comunidad Autónoma.

b) Los centros públicos de formación de adultos, Universidades públicas y Federaciones y Asociaciones de Entidades locales que estén inscritas en el correspondiente Registro y cuenten con instalaciones para la impartición de las especialidades formativas que solicitan en, al menos, dos Comunidades Autónomas.

c) Las empresas que estén inscritas en el correspondiente Registro y tengan instalaciones que permitan la impartición de las especialidades formativas que solicitan en, al menos, dos Comunidades Autónomas.

d) Las agrupaciones previstas en el artículo 6.2 de la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo con presencia en más de una Comunidad Autónoma.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Programas de formación habilitante o capacitadora cve: BOE-B-2024-30217 Verificable en https://www.boe.es

b) Programas de formación específica sectorial de especial interés.

c) Programas de otra formación específica sectorial Sec. V-B. Pág. 46936

d) Programas de formación transversal: formación dirigida a la adquisición de competencias transversales generales, así como, de competencias de las personas trabajadoras autónomas y de las personas trabajadoras y socias de la economía social.

Documentos asociados

Boletín: 27/08/2024
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 207
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 27/08/2024
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 207
Documento: Bases, Convocatoria 2024 y Anexos Descargar Documento