Subvenciones publicas para la financiacion de planes de formacion de oferta de caracter intersectorial, especificos para la economia social, y de caracter sectorial destinados a trabajadores/ras prioritariamente ocupados/adas, que promueve el Consorcio para la Formacion Continua de Cataluña.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S28655/11Norma:
RESOLUCIÓN EMO/1195/2011, de 5 de mayo. Orden TRE/230/2008, de 6 de mayo. Orden TRE/133/2009, de 17 de marzo. Orden EMO/77/2011, de 19 de abril.Plazo de Solicitud:
Planes de formación intersectoriales y de los planes de formación intersectoriales específicos:hasta 07/06;sectoriales:18/06/11.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Abrir la convocatoria correspondiente al año 2011 para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los planes de formación de oferta, destinados a trabajadores/oras prioritariamenteocupados/adas, promovidos por el Consorcio para la Formación Continua de Cataluña.
Categorías Subvención
- Formación
- Recursos Humanos
Localización del organismo gestor
Cataluña
Convoca:
Servicio de Empleo de Cataluña (Cataluña)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Entidades solicitantes de los planes de formación intersectoriales:- Las organizaciones empresariales y sindicales intersectoriales de Cataluña, con ámbito de actuación
en toda la comunidad autónoma.
- Asimismo, serán beneficiarios de las subvenciones destinadas a la ejecución de planes de formación intersectoriales para la formación dirigida específicamente a los colectivos de trabajadores/oras y socios/socias de la economía social, siempre que aporten actividad económica, que prevé el artículo 1, apartado 1.b) de esta Resolución, las confederaciones y federaciones de cooperativas y/o sociedades
laborales con suficiente implantación en Cataluña.
- También tendrán la condición de beneficiarios las agrupaciones formadas por las entidades previstas en los apartados anteriores de este artículo, con entidades vinculadas a éstas, que tengan entre sus fines el desarrollo de actividades formativas. Se tendrá que nombrar un representante o apoderado único de la agrupación con suficientes poderes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación, que deberá pertenecer a alguna de las entidades beneficiarías previstas en los apartados anteriores de este artículo.
Entidades solicitantes de los planes de formación sectoriales:
- Las organizaciones empresariales y sindicales representativas de los respectivos sectores en Cataluña,
así como los entes creados al amparo de la negociación colectiva sectorial en Cataluña a que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 24 del Real decreto 395/2007, de 23 de marzo.
- También tendrán la condición de beneficiarios las agrupaciones formadas por las entidades previstas en el apartado 1 de este artículo, con entidades vinculadas a éstas, que tengan entre sus fines el desarrollo de actividades formativas. Se tendrá que nombrar un representante o apoderado único de la agrupación con suficientes poderes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación, que deberá pertenecer a alguna de las entidades beneficiarias previstas en el apartado 1 de este artículo.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los planes de formación intersectoriales:a) Planes de formación dirigidos a la adquisición de competencias transversales en diversos sectores de la actividad económica o de competencias específicas de un sector para el reciclaje y la recualificación de trabajadores/oras de otros sectores, incluida la formación dirigida a la capacitación para la realización de funciones propias de la representación legal de los trabajadores/oras.
b) Los planes de formación intersectoriales para la formación dirigida específicamente a los colectivos de trabajadores/oras y socios/socias de la economía social, siempre que aporten actividad económica.
Los planes de formación sectoriales se compondrán de acciones formativas dirigidas a la formación de trabajadores/oras de un ámbito sectorial de referencia y/o sector de actividad económica con el fin de ejercer acciones formativas de interés general para los diferentes sectores y satisfacer las necesidades específicas de formación. Las acciones específicas programadas en estos tipos de planes también podrán dirigirse al reciclaje y la recualificación de trabajadores/oras procedentes de sectores en situación de crisis.
Requisitos:
- Las organizaciones sindicales deberán acreditar que disponen de delegados de personal o miembros de comités de empresa en las cuatro demarcaciones territoriales de Cataluña.- Las organizaciones empresariales tendrán que acreditar su implantación intersectorial y territorial en toda Cataluña.
Documentos asociados
Boletín:
21/05/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5135
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
30/03/2009
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5439
Documento: Modificación Descargar Documento
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Boletín:
09/05/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5874
Documento: Modificación Descargar Documento
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Boletín:
18/05/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5881
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5881
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento