Subvenciones públicas para la ordenación de los flujos migratorios laborales de trabajadores migrantes en el ámbito de la gestión colectiva de la contratación en origen.
Código de ayuda:
S46000/22Norma:
Orden ISM/676/2022, de 15 de julio. Resolución de 4 de agosto de 2022. Resolución de 31 de mayo de 2023. Resolución de 3 de Octubre de 2024.Plazo de Solicitud:
Hasta el 20 de noviembre de 2024.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras de concesión de subvenciones dirigidas a ordenar los flujos migratorios laborales previstos en la orden por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para el año natural correspondiente y la inserción sociolaboral de las personas migrantes trabajadoras participantes en este programa, en el ámbito de competencias de la Dirección General de Migraciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
- Empleo
- Formación
- Recursos Humanos
Localización del organismo gestor
España
Convoca:
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ( España)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Dotación total de la convocatoria: 1.418.364,26 €.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las organizaciones empresariales y sindicales, las cooperativas y las entidades sin ánimo de lucro que no se encuentren incursas en alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y que cumplan los requisitos señalados en el artículo 4 de la Orden ISM/676/2022, de 15 de julio.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Participación en los procesos de selección de los trabajadores extranjeros no residentes en España a través de las comisiones de selección previstas en la orden anual que regula la gestión colectiva de contrataciones en origen.b) Organización y coordinación de las contrataciones y los desplazamientos de las personas trabajadoras en el marco del programa de gestión de la contratación colectiva en origen.
c) Promoción y apoyo a la concatenación de campañas de temporada, así como desarrollo de proyectos piloto en este ámbito.
d) Actuaciones especialmente destinadas al asesoramiento e información sociolaboral específico para los trabajadores migrantes en el marco de la orden por la que se regula la contratación colectiva en origen, en relación con sus derechos, las condiciones laborales del sector y los servicios de carácter social a que pueden tener derecho.
e) Organización e impartición de sesiones informativas y/o de acciones formativas en el ámbito social, cultural, económico, laboral /o de otra naturaleza, que complementen los conocimientos y la experiencia de los trabajadores y trabajadoras que participen en los mismos.
Requisitos:
Estar legalmente constituidas en España, y debidamente inscritas en el correspondiente registro administrativo estatal, al menos con dos años de anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria, a excepción de las confederaciones y federaciones recién constituidas, que deberán estar compuestas mayoritariamente por federaciones o asociaciones cuya antigüedad sea superior a dos años.Realizar o haber realizado las actuaciones objeto de la subvención sin ánimo de lucro.
Disponer de la estructura y capacidad suficientes para garantizar el cumplimiento de los objetivos, acreditando la experiencia operativa necesaria para ello, de conformidad con los criterios enumerados en el artículo 9 de la presente orden.
No haber tenido que reintegrar más del 40 por ciento de las ayudas y subvenciones recibidas en cualquiera de las últimas cinco convocatorias como resultado de un procedimiento de reintegro, con cargo al presupuesto de la Secretaría de Estado de Migraciones o de la anterior Secretaría General de Inmigración y Emigración.
Documentos asociados
Boletín:
19/07/2022
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03/06/2023
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BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 255
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