Subvenciones que se corresponden con determinadas intervenciones de la Prioridad 2 del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA), destinadas a la acuicultura y a la transformación y comercialización de productos de la pesca y de la acuicultura, incluidas en el Programa Operativo para España del FEMPA, para el periodo de programación 2021-2027.
Código de ayuda:
S06055/25Norma:
ORDEN de 11 de marzo de 2025.Plazo de Solicitud:
A establecer en la correspondiente convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Es objeto de estas bases establecer las normas reguladoras de la concesión de las subvenciones destinadas a las intervenciones que se describen a continuación, que se corresponden con las establecidas en la Prioridad 2 del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA), incluidas en el Programa Operativo para España del FEMPA, para el periodo de programación 2021-2027:- Inversiones productivas y creación de empresas en la acuicultura.
- Inversiones en comercialización y transformación.
Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
Creación nuevas empresas
Desarrollo Rural
Inversiones Materiales y Equipos
Prevención Riesgos Laborales
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria (Canarias)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
1. Operador: persona física o jurídica que explota o posee una empresa dedicada a una actividad vinculada a cualquiera de las fases de las cadenas de producción, transformación, comercialización, distribución y venta al por menor de productos de la pesca y de la acuicultura.2. Empresa: toda entidad, independientemente de su forma jurídica, que ejerza una actividad económica. A este respecto, tendrán la consideración de pequeñas y medianas empresas PYME, las empresas que cumplan con las condiciones previstas en el artículo 2 de la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003
Documentos asociados
Boletín:
18/03/2025
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 58
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 58
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