Subvenciones que tengan por objeto proyectos comunitarios de resocialización de personas penadas.
Código de ayuda:
S55546/22Norma:
ORDEN de 31 de agosto de 2022.Plazo de Solicitud:
Hasta el 21 de octubre de 2022Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras y la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a proyectos comunitarios de resocialización de personas penadas en centros penitenciarios vascos; de penadas con suspensión de la ejecución de su pena privativa de libertad y de colaboración en la ejecución y seguimiento de las medidas alternativas a la pena privativa de libertad y determinados programas de atención social.Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
País Vasco
Convoca:
Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales (País Vasco)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Entidades sin animo de lucro que cumplan con los requisitos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Programas que faciliten plazas de acogida de carácter sociosanitario a personas internas en los centros penitenciarios que sean enfermas terminales o que sufran una enfermedad grave incurable.b) Programas que faciliten recursos de acogida a madres penadas con hijos o hijas que se encuentren en régimen abierto o equiparable.
c) Programas que faciliten recursos de acogida de corta, media o larga estancia a personas penadas en régimen abierto o equiparable con problemas de adicciones o salud mental o que no dispongan de otros apoyos.
d) Programas de centro de día para la atención, cuidado, rehabilitación y socialización de personas en medio abierto a determinadas horas del día.
e) Programas destinados específicamente a facilitar orientación en la integración de personas extranjeras penadas.
f) Programas de apoyo a la responsabilización de las personas penadas en el contexto de procesos restaurativos. Iniciativas que contribuyan a tomar conciencia, asumir y restaurar el daño y perjuicio ocasionado a las víctimas.
g) Programas de actividades de ocio educativo que impulsen el desarrollo de habilidades personales, sociales y que den valor y utilidad al tiempo de permanencia en los centros, fomenten su socialización y proceso de cambio personal. Iniciativas relacionadas con artes visuales, plásticas, escénicas y audiovisuales; organización de concursos, exposiciones, muestras y ferias para promover las creaciones de las personas internas; ejercicio físico y la práctica deportiva; salidas culturales y paseos por la naturaleza; educación en el tiempo libre, etc.
h) Programas en el ámbito de la convivencia, inclusión sociolaboral y desarrollo comunitario: iniciativas colaborativas de inserción sociolaboral que complementen de forma integral con acompañamiento, asesoramiento o gestión de prestaciones la oferta de Lanbide y de Aukerak.
Igualmente, iniciativas que preparen y promuevan la adaptación de las personas internas a la sociedad, reforzando una convivencia que promueva valores de respeto y habilidades interpersonales que permitan el disfrute de una vida comunitaria plena.
i) Programas de intervención psicoeducativa para personas en situación de libertad condicional: programas de acogida con asistencia y acompañamiento a personas liberadas condicionales, por ejemplo, programas formativos, laborales, culturales, de educación sexual, de defensa del medio ambiente, de protección de animales, de igualdad de trato y no discriminación, y otros similares o de deshabituación al consumo de alcohol, drogas tóxicas o sustancias estupefacientes, o de tratamiento de otros comportamientos adictivos.
j) Programas de colaboración en la ejecución y seguimiento de las penas y medidas alternativas a penas privativas de libertad: programas de reserva de plazas para trabajos en beneficio de la comunidad.
Requisitos:
a) Tratarse de entidades sin ánimo de lucro, legalmente constituidas e inscritas en el registroque por su naturaleza jurídica corresponda.
b) Tener sede y actividad en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
c) Reunir los requisitos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y no estar incursa en las prohibiciones previstas en el mismo.
d) No estar incursa en alguna de las prohibiciones de concesión de ayudas o subvención contempladas en el artículo 50.5 del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco (Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre).
Serán subvencionables los proyectos que reúnan los siguientes requisitos:
a) Que consistan en alguna de las modalidades contempladas en el artículo 2 de esta Orden.
b) Que los proyectos que se inicien en los centros penitenciarios cuenten con aprobación previa de la Administración penitenciaria vasca o la obtengan antes de la resolución de esta convocatoria.
c) Que empleen la metodología del acompañamiento integral.
d) Que se inicien en 2022 y se realicen entre los ejercicios 2022 y 2023.
Documentos asociados
Boletín:
20/09/2022
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 180
Documento: Bases y Convocatoria 2022 Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 180
Documento: Bases y Convocatoria 2022 Descargar Documento