Subvenciones reguladas en el Decreto 57/2009, de 14 de abril, del Gobierno de Aragon, para la promocion del empleo en cooperativas y sociedades laborales.- Convocatoria 2012.- Modificación.

Código de ayuda:

S22519/10

Norma:

Decreto 57/2009, de 14 de abril. ORDEN de 1 de marzo de 2010. ORDEN de 4 de febrero de 2011. ORDEN de 3 de mayo de 2012. ORDEN de 11 de diciembre de 2012.

Plazo de Solicitud:

Primer procedimiento: hasta el día 30 de mayo de 2012; segundo: desde el 1 de julio hasta el 15 de septiembre de 2012.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria para el ejercicio 2012 del programa del Gobierno de Aragón para la promoción del empleo en cooperativas y sociedades laborales.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Creación nuevas empresas
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Economía y Empleo (Aragón)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las Cooperativas de Trabajo asociado y otras que incorporen socios de trabajo, las Sociedades laborales, y las entidades asociativas de las anteriores, en los términos previstos en el artículo 3 del citado Decreto 57/2009, regulador del programa.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Incorporación de socios trabajadores o socios de trabajo a cooperativas y sociedades laborales.

b) La adquisición de inmovilizado que contribuya a la creación, consolidación o mejora del empleo y de la competitividad de cooperativas y sociedades laborales.

c) Prestación de asistencia técnica.

d) La creación de nuevas cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales integradas fundamentalmente por mujeres o por trabajadores procedentes de empresas en crisis o constituidas en municipios de menos de 5.000 habitantes.

Requisitos:

Los solicitantes de las subvenciones convocadas deberán cumplir con los requisitos que se establecen en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 24/04/2009
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 77
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 08/04/2010
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 68
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 14/02/2011
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 31
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento
Boletín: 14/05/2012
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 91
Documento: Convocatoria 2012. Descargar Documento
Boletín: 02/01/2013
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 1
Documento: Modificación Descargar Documento