Subvenciones sometidas al regimen general de subvenciones en el area de atencion a personas con discapacidad, durante el año 2007.
Código de ayuda:
S40864/07Norma:
RESOLUCION de 30 de marzo de 2007.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 07/06/2007Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar la concesión de subvenciones en el área de atención a personas con discapacidad, que se regirán por lo dispuesto en la Orden TAS/668/2007, de 14 de marzo, por la que se establecen las basesreguladoras de la concesión de subvenciones sometidas al régimen general de subvenciones de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales, Familias y Discapacidad del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y por lo establecido en la presente Resolución.
Categorías Subvención
Discapacidad / Personas con discapacidad
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ( España)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Podrán acceder a la condición de beneficiario de las subvenciones reguladas en esta norma, las entidades u organizaciones no gubernamentales que reúnan los siguientes requisitos:a) Estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en el correspondiente Registro administrativo a la fecha de publicación de la convocatoria.
b) Tener implantación estatal, según su título constitutivo.
c) Carecer de fines de lucro. A estos efectos, se considerarán también entidades sin fines de lucro aquellas que desarrollen actividades de carácter comercial, siempre que los beneficios resultantes de las mismas
se inviertan en su totalidad en el cumplimiento de sus fines institucionales, no comerciales.
d) Aquellos que se determinen específicamente en las resoluciones de convocatoria, en relación con los fines de las subvenciones convocadas, los propios de las entidades y organizaciones solicitantes establecidos en sus Estatutos, así como su grado de implantación. En todo caso, las organizaciones o entidades solicitantes deberán tener como fines institucionales primordiales la realización de las actividades a que se refieran las respectivas Resoluciones de convocatoria.
e) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
f) Haber justificado, en su caso, suficientemente, las ayudas económicas recibidas con anterioridad del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, antes Ministerio de Asuntos Sociales.
g) Disponer de la estructura y capacidad suficientes para garantizar el cumplimiento de los objetivos, acreditando la experiencia operativa necesaria para ello.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Mantenimiento, funcionamiento y actividades habituales:La actuación tiene por objeto apoyar el movimiento asociativo y fundacional de las personas con discapacidad facilitando la disponibilidad de medios básicos precisos para el cumplimiento de sus objetivos.
Documentos asociados
Boletín:
21/03/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 69
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
08/05/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 110
Documento: Convocatoria Descargar Documento
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