Subvenciones y el procedimiento de seleccion de participantes para el programa «Jovenes Solidarios de Castilla y Leon».
Código de ayuda:
S32219/12Norma:
ORDEN PRE/684/2012, de 27 de julio.Plazo de Solicitud:
A publicar en la correspondiente Convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa «Jóvenes Solidarios de Castilla y León», dirigidas a Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo, en adelante ONGD, destinadas a fomentar el valor de la solidaridad en este grupo poblacional de nuestra Comunidad, así como a propiciar su participación en acciones de cooperación al desarrollo.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
Juventud
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de la Presidencia (Castilla y León)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe máximo de las subvenciones será de 3.000 € (tres mil euros) por plaza seleccionada.Las personas seleccionadas tendrán la obligación de aportar una cantidad fija de ciento cincuenta euros (150 €) por su participación en el Programa «Jóvenes Solidarios de Castilla y León», como contribución a los gastos que origine el mismo. Dicha aportación se realizará directamente a la ONGD beneficiaria de la ayuda mediante ingreso o transferencia bancaria, a un número de cuenta facilitado por la entidad y con una antelación mínima de diez días antes de la fecha de inicio de la estancia en el país de destino.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las ONGD previstas en el artículo 23 de la Ley 9/2006, de 10 de octubre, de Cooperación al Desarrollo que cumplan los requisitos establecidos en la correspondiente orden de convocatoria.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Los gastos de vacunación, de seguros por enfermedad y accidentes que cubran el período de estancia en el país de los jóvenes seleccionados.b) Los gastos de transporte hasta el país de destino y de regreso con seguro de cancelación.
c) Los gastos de alojamiento y manutención, así como, en su caso, los
desplazamientos en el país de destino.
d) Los gastos derivados del visado y las tasas de entrada y salida del país de destino.
e) Los gastos de formación y sensibilización de los participantes, antes, durante y después de la estancia en el terreno.
f) Los costes indirectos asociados a la administración de la entidad solicitante.
Estos gastos no podrán exceder del 5% del total de la subvención solicitada.
Documentos asociados
Boletín:
23/08/2012
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 162
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 162
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