por la que se convocan las ayudas para la Promocion Exterior de las Industrias Extremeñas, para asistencia individual o agrupada a ferias.
Código de ayuda:
S58346/07Norma:
ORDEN de 9 de julio de 2007. Decreto 20/1999, de 23 de febrero. Decreto 138/1997, de 18 de noviembre.Plazo de Solicitud:
Para iniciativas Tipo C, hasta el 06/10/2007.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Mediante la presente Orden se realiza la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, para el año 2007, de las subvenciones para asistencia individual o agrupada a ferias, cuyas bases reguladorashan sido fijadas por el Decreto 138/1997, de 18 de noviembre, por el que se establecen ayudas para la Promoción Exterior de las Industrias Extremeñas, a las Pequeñas y Medianas Empresas y Empresas de la Economía Social con establecimiento productivo en la Comunidad Autónoma, modificado por el Decreto 20/1999, de 23 de febrero.
Asimismo será de aplicación el Decreto 64/2005, de 15 de marzo (D.O.E. n.º 34 de 26/03/2005), por el que se adaptan los regímenes de ayudas de la Consejería de Economía y Trabajo a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Categorías Subvención
- Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
- Comercio
Localización del organismo gestor
Extremadura
Convoca:
Consejería de Economía y Trabajo (Extremadura)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las Pequeñas y Medianas Empresas según la definición que de las mismas hace la Unión Europea que, bien ellas o su empresa matriz, ejerzan la actividad productiva en Extremadura.Todas las empresas beneficiarias de las ayudas deberán desarrollar necesariamente actividades de fabricación o transformación.
Requisitos:
Para las solicitudes acogidas a iniciativas Tipo C, cuya fecha de inicio se encuentre entre el 1 de agosto de 2005 y 31 de diciembre de 2006, ambos inclusive, se establece como fecha máxima de presentación de solicitudes dentro del ejercicio presupuestario, un plazo de dos meses, computándose desde el díasiguiente a la publicación de la presente Orden.
Documentos asociados
Boletín:
25/11/1997
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 137
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
02/03/1999
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 26
Documento: Modificación Bases Descargar Documento
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Boletín:
07/08/2007
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 91
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 91
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